Ha causado gran satisfacción que el Presidente del Senado haya declarado que buscará consenso dentro del Poder Legislativo, para seleccionar a los mejores profesionales del país, a fin de conformar las ternas para superintendentes que ese poder del Estado debe elevar al Ejecutivo dentro de los próximos días.
Como economista formado académicamente en el campo de la regulación, fundador del Sistema de Regulación Sectorial y proyectista de gran parte de las leyes y reglamentos de dicho sistema, me permito recomendar al presidente del Senado y a los honorables senadores que efectuarán dicha selección en la Comisión de Hacienda y Desarrollo Económico de la Cámara Alta que, además de elegir a los mejores profesionales para conformar dichas ternas, esta comisión debe también tener el cuidado de proponer sólo a reguladores profesiones, que hayan sido debidamente entrenados en instituciones académicas especializadas o en el ejercicio de sus funciones en las entidades regulatorias de Bolivia.
Como se sabe, el regulador es un profesional cuya función es la de promover la competencia en el mercado regulado —que generalmente tiene imperfecciones de carácter monopólico— a fin de asegurar que todos los agentes que participan en este proceso se beneficien, tanto social como económicamente. En otras palabras, se beneficie al consumidor, asegurándole la mejor calidad y el precio más bajo del servicio utilizado; se beneficie a la empresa proveedora de servicios, garantizándole el respeto a las reglas de juego y la seguridad jurídica, y se beneficie al Estado asegurándole el mejoramiento permanente del bienestar de la sociedad. Para cumplir estas funciones, necesariamente, dichos funcionarios deben tener independencia, tanto política como financiera, por lo que en ningún momento éstos pueden tener el carácter de interinos.
En el caso de los reguladores financieros, su misión es, además, la de garantizar la solvencia de la instituciones financieras, que son depositarias del ahorro del público, y en el de los superintendentes generales, la de fiscalizar la eficiencia y efectividad de los superintendentes sectoriales, a la vez de actuar, en ambos casos, como jueces administrativos de segunda instancia, en las resoluciones adoptadas por éstos últimos. Esto, en cuanto a los servicios públicos y financieros, pues existen otros funcionarios que también son superintendentes de entidades autárquicas, pero que no tienen funciones regulatorias, como las descritas anteriormente.
Afortunadamente, podemos decir que el país cuenta ya con un importante grupo de reguladores, tanto para los servicios públicos como para los servicios financieros, a quienes contribuimos a formar en el curso de los últimos diez años de existencia del sistema. Es nuestro deseo que estos profesionales pasen hoy a ocupar estas funciones y, de esta manera, cumplir con sus objetivos profesionales. Todo esto, además, con el fin de que el país no se vea en la triste necesidad de improvisar a reguladores profesionales o designar para estas funciones a personalidades políticas sin ninguna formación, que no están en condiciones de cumplir estas labores especializadas.
*Juan Cariaga es economista.
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