Las mujeres sufren para asegurar a sus esposos Un reglamento se resiste a cumplir una sentencia constitucional y a dar plena vigencia a un derecho consagrado en la Constitución. El Defensor del Pueblo inició una batalla para acabar con esta discriminación.
Mujeres trabajadoras • Más de 100 mil mujeres son afiliadas titulares en la Caja Nacional de Salud; muchas, como la de la foto, trabajan y se constituyen en la base económica de su hogar.
Los requisitos para que un asegurado en el sistema nacional de la seguridad social incluya a sus hijos y a su cónyuge en este servicio son los mismos para varones y mujeres, y éste es un derecho consagrado en la Constitución Política del Estado.
Sin embargo, cuando es la mujer trabajadora quien quiere ejercer este derecho, el Reglamento de Afiliación de Esposo y Padres (ver cuadro gris) exige que presente una declaración jurada del esposo, conviviente o padre, que avala que no tiene actividad laboral, renta personal y por ende vive a expensas de la asegurada.
La exigencia fue confirmada por La Razón, tras recibir la versión de una ciudadana que se resignó a no asegurar a su esposo enfermo. Ante el requerimiento informativo, la jefa de Afiliación dio una explicación luego de que no prosperaron los intentos de hablar con el presidente de la CNS, Alexis Arandia, ni con la asesora jurídica Carmen Avilés. La fuente en la CNS dijo que los requisitos de afiliación son coordinados con el Instituto Nacional de Seguros de Salud (Inases), la entidad dependiente del Ministerio de Salud encargada de la tuición de los entes gestores de los seguros de salud, aunque no supo explicar por qué se pide la declaración jurada en el caso de las titulares mujeres y no así para los varones.
La funcionaria señaló que la CNS “descubrió” el caso de un consultor que intentó afiliarse con el seguro de su esposa; y preguntó “si es justo que un consultor, que gana bien, se haga asegurar, cuando hay casos que sí realmente lo necesitan”.
El Inases, como ente tutor de la seguridad social, es el encargado de hacer cumplir un fallo constitucional en el que se corrige la discriminación que se comete, según explicó en encargado de asuntos constitucionales y legislativos del Defensor del Pueblo, Marcelo Claros.
Desde la declaración de la inconstitucionalidad de los incisos a) y c) del artículo 14 del Código de Seguridad Social, el titular del seguro sea hombre o mujer debe cumplir los mismos requisitos.
Según el Anuario 2004 de la CNS, los aportantes eran 423.306 y las cónyuges aseguradas llegaban a 279.678. La diferencia entre ambos revela que más de 100 mil mujeres son afiliadas titulares.
Para el Defensor del Pueblo, aún no es visible el grupo real afectado, pero existe.
Según el abogado laboralista Fernando Santalla, las declaraciones juradas deberían ser legalmente justificadas por los solicitantes, y en caso de tratarse de una imposición a las que intentan asegurarse, las afectadas están en el pleno derecho de interponer un amparo constitucional contra lo que consideran una injusticia en su contra.
“Con esta medida errada se envía a los esposos a engrosar las filas de desocupados en el país y se atacan los recursos económicos de la familia”, dijo Santalla.