Dos aerolíneas son multadas por impuntuales Las empresas aéreas tendrán que pagar Bs 150.000 por su impuntualidad, mientras que AASANA fue sancionada por haber paralizado sus actividades el 20 de enero pasado.
CASTIGO AL RETRASO • Algunos pasajeros (foto) esperan que salga su vuelo en el Aeropuerto Internacional de El Alto.
La Superintendencia de Transportes sancionó ayer económicamente a la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea (AASANA), así como al Lloyd Aéreo Boliviano (LAB) y AeroSur.
En el caso de AASANA, la sanción es por haber suspendido sus actividades sin autorización y, en el caso de las líneas aéreas, por haber incumplido el factor de puntualidad, señala el comunicado del ente regulador.
Mediante resolución administrativa del 1 de noviembre, el ente regulador aprobó el cargo formulado contra AASANA por haber paralizado sus actividades el 20 de enero sin autorización expresa de la superintendencia. A esta entidad se la sancionó con una multa de 100 mil bolivianos.
Con otra resolución, del 19 de octubre pasado, el organismo regulador también impuso una multa de 78.125 bolivianos al LAB, en el proceso seguido contra esa empresa aérea por incumplimiento del factor de puntualidad en sus operaciones internacionales correspondientes al mes de marzo de este año.
Por la misma razón, la superintendencia declaró improcedente, a través de otra resolución del 18 de octubre del 2005, el recurso de revocatoria que presentó AeroSur en el que se le aplicó una multa de 50 mil bolivianos por incumplir el factor de puntualidad en sus operaciones nacionales e internacionales del mes de enero de este año en sus operaciones dentro y fuera del territorio boliviano.
El factor de puntualidad es un estándar técnico establecido por la Superintendencia de Transportes para mejorar la prestación de los servicios de transporte aéreo de pasajeros.
En las sanciones establecidas, el net regulador basó su fallo en el Decreto Supremo 24718, que da atribuciones a la superintendencia. Esa norma, del 8 de diciembre de 1995, establece las funciones de regulación de las actividades del transporte que son de competencia de esa entidad. La superintendencia es el organismo con jurisdicción nacional para regular las actividades del sector del transporte, incluyendo los Servicios Aeronáuticos y Servicios Aeroportuarios. Entre las atribuciones de este regulador están: velar por la calidad y eficiencia de los servicios aeronáuticos y servicios aeroportuarios en beneficio de los usuarios; garantizar la libre competencia evitando actos que la impidan, restrinjan o distorsionen; asegurar que el usuario goce de protección contra prácticas abusivas por parte de los titulares; y aprobar los precios y tarifas a los servicios aeronáuticos y servicios, entre otras funciones propias de la superintendencia.