En cuanto la Policía detecte un vehículo sin el distintivo oficial del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), éste será retenido momentáneamente en el lugar de la inspección y se requisará la licencia de conducir para registrar al infractor.
“Es sólo una detención momentánea hasta que registremos al conductor en caso que vuelva a circular sin el seguro”, explicaron en la Dirección de Tránsito.
El reglamento añade que por ningún motivo se podrá secuestrar el vehículo, por lo que la interrupción de la circulación es sólo una forma de presión. El brevet solicitado por los oficiales es utilizado para registrar al conductor y su vehículo en las listas para futuras referencias, en caso de que se vuelva a detectar el mismo motorizado sin su respectivo SOAT. Se espera que este control ayude a la adquisición del seguro, dijo un oficial de Policía.
La prohibición de secuestro de vehículo se extiende a aquellos que fueron parte de un accidente y estén cubiertos por el SOAT, a menos que sean parte de casos establecidos en el artículo 168 del Código de Tránsito.
Si las autoridades detienen a una movilidad que tenga una roseta SOAT falsificada o un dueño que realice declaraciones juradas fraudulentas respecto al seguro, la norma señala que se procederá de acuerdo al Código Penal.
Además, el reglamento contempla sanciones a las compañías aseguradoras en caso de que éstas fallen en pagar la indemnización en el plazo de 15 días.
Tránsito realiza controles en lugares estratégicos de la ciudad.
Artículos 34
Control • Cuando los oficiales o agentes del Organismo Operativo de Tránsito detecten un vehículo que no cuente con el SOAT, deberán impedir la circulación momentánea del mismo. Por ningún motivo se podrá secuestrar el vehículo sin SOAT.
Delito • Si se detecta una roseta del SOAT que sea falsificada, la Policía levantará las correspondientes diligencias.