Cobrarán multas por maltratar a animales LEGISLACIÓN • La Cámara Baja aprobó el proyecto en grande. Inti Wara Yassi pide cárcel para los infractores y SOS trabajo comunitario.
El maltrato a los animales será sancionado con multas que oscilan entre 3 mil a 10 mil Unidades de Fomento a la Vivienda (UFV), según el proyecto de ley modificado de protección animal, que fue aprobado ayer en grande en la Cámara Baja.
La aprobación de este instrumento legal se registró luego de que, a fines de noviembre, un grupo de los denominados “ponchos rojos” de Achacachi sacrificó canes en señal de advertencia a los prefectos de Santa Cruz, Tarija, Beni y Pando, quienes se oponen a la gestión del MAS.
El proyecto, de 27 artículos, sancionará la crueldad contra los animales. Su aplicación abarca a animales silvestres, domésticos de compañía y domésticos de trabajo (vacas, toros, perros, monos, aves, entre otros).
En el capítulo II, en los artículos 11, 12, y 13 se establecen infracciones gravísimas, graves y leves. En el artículo 14 del capítulo III, de las sanciones, señala que se multarán las infracciones gravísimas de hasta 10 mil UFV, lo que hoy día es de Bs 12.786.
Por las infracciones graves se tendrá que pagar una multa pecuniaria de cinco mil UFV, según el artículo 15, equivalente a Bs 6.393. Y por las infracciones leves tres mil UFV (Bs 3.836).
Se entiende por infracciones gravísimas el uso de animales cautivos, como blanco, con el objetivo de causarles daño o muerte con armas de fuego; o la organización de peleas entre animales de la misma especie, distinta, o con el hombre, con fines de entretenimiento, entre otros.
Las infracciones graves son aquellas prácticas de vivisección (disecado) de animales cuando los resultados ya estén comprobados o se puedan demostrar mediante otros medios, o por mantener a los animales en estado de desnutrición o sedientos, sin que ello obedezca a prescripción médico-veterinaria, entre otros actos ilegales.
Se entiende por infracciones leves hacer trabajar en jornadas excesivas sin proporcionarles el descanso físico adecuado, o mantener a los animales hacinados por periodos mayores de 24 horas o de manera permanente.
Juan Carlos Antezana, de Inti Wara Yassi, dijo que el proyecto de ley que se considera no fue consensuado. Sugirió una sanción de cinco años de cárcel para los infractores. Mientras que Susana Carpio, de Animales SOS, señaló que se debe sancionar con trabajo comunitario. “La ley debe ser realista y viable”, dijo la activista.
Otros casos
Infracciones gravísimas • De acuerdo a lo ocurrido en Achacachi, la ley prohíbe matar con crueldad a animales, quemarlos o enterrarlos vivos; usar animales en espectáculos en los que puedan ser objetos de muerte y tortura, o someterlos a prácticas sexuales. Las peleas están prohibidas, excepto los actos enmarcados en usos y costumbres del país.
Infracciones graves • Prohíbe mutilar cualquier parte del animal vivo o hacer intervenciones sin analgésicos, excepto la castración en animales de consumo. Usarlos para hechicerías o rituales satánicos, ponerles sustancias que puedan matarlos, utilizar para trabajos a animales enfermos, todo espectáculo circense que incluya a los animales.
Infracciones leves • No prestar auxilio correspondiente a un animal cuando es atropellado, abandonarlos de forma permanente o transitoria, no pagar los gastos del veterinarios cuando así lo necesiten.