Los incontenibles linchamientos Es inadmisible que bajo un pretexto de autodefensa se castigue a un presunto autor de hurto, robo o violación con lo que podría llamarse la pena capital, la muerte, que no está contemplada en nuestra legislación y que, peor, es repudiada por la ciudadanía
La frecuencia con que se están produciendo linchamientos en Bolivia, es decir ejecuciones sin proceso alguno a presuntos delincuentes, debería provocar una gran inquietud, pero observar, oír o leer en los medios informativos sobre tumultos que ajustan cuentas por mano propia, no parece conmover a algunos ciudadanos, y, con inusitada frecuencia, tampoco a las autoridades. La Policía, por ejemplo, en más de una oportunidad y frente a las cámaras de televisión, ha observado impávidamente ejecuciones callejeras o lo más que ha hecho ha sido rescatar algún individuo maltratado y alejarse precipitadamente.
La Policía no sólo tiene el deber de velar porque estos hechos criminales no sucedan, ni limitarse a rescatar a las víctimas en alguna oportunidad, sino identificar a los que alientan los linchamientos y llevarlos ante los tribunales. Esa es su labor. Porque, ciertamente, es inadmisible que bajo un pretexto de autodefensa se castigue a un presunto autor de hurto, robo o violación con lo que podría llamarse la pena capital, la muerte, que no está contemplada en nuestra legislación y que, peor, es repudiada por la ciudadanía.
El Alto, Santa Cruz y Cochabamba deben ser tres de las ciudades más peligrosas —en sus áreas urbanas y rurales— por la delincuencia existente, lo que no significa que la descomposición no sea general en el país; sin embargo, las tres ciudades son lugares donde, si se recurre a estadísticas, los hechos delictivos aumentan año a año. Pero El Alto, sin duda, es el lugar donde los linchamientos se producen más frecuentemente. Y esto porque El Alto es la ciudad que tiene, seguramente, el mayor índice de pobreza, y por tanto la urbe más vulnerable a los atracos o robos en domicilios.
Es cierto que ni el Ministerio Público ni la Policía cumplen certeramente con su labor y que las normas del actual Código de Procedimiento Penal (CPP) no ayudan a que los delincuentes sean detenidos preventivamente, hasta que se consigan los elementos probatorios requeridos por la justicia para su procesamiento. Pero de ahí a que la comunidad proceda al linchamiento existe un verdadero abismo.
Si la ley está mal elaborada, no se debe actuar con una ley peor. Como aquello que se asemeja a la “justicia comunitaria” que se pretende incluir en la nueva Constitución Política del Estado. Si el Código Penal vigente señala, como pena, de un mes a tres años de reclusión por hurto, o de uno a cinco por robo, o de tres a diez años por robo agravado, no se puede admitir que una turba enfurecida asesine a un sujeto al que se lo ha encontrado cometiendo un delito menor. Aún más, que el linchamiento se produzca tras una denuncia o por una mala información. Eso es propio de pueblos atrasados.
Bolivia tiene muchas falencias, demasiadas fallas en muchos aspectos, pero no se puede permitir que se asesine a golpes o se incinere en las calles o en los caminos a nadie. Bajo el pretexto de una ilegal y mal entendida “justicia comunitaria” tampoco se puede permitir que, en un compromiso de silencio —como en el caso del asesinato del ex alcalde de Ayo Ayo—, se burle a la Justicia y se exija la libertad de las personas incriminadas, bajo amenazas a familiares y autoridades.