Existen numerosos análisis sobre la supuesta “nueva” Constitución Política del Estado. Para comenzar existen cuando menos tres versiones conocidas, lo cual resulta enteramente contradictorio para un documento de la importancia que significa el contar con un nuevo “contrato social” para Bolivia.
Tengo en mis manos la versión publicada por la Editorial e Imprenta Jiménez, la cual me servirá de base para referirme a algunos aspectos que son preocupantes para todos aquellos que hemos nacido en esta tierra y que nos sentimos bolivianos. Resulta evidente que no se puede aceptar la imposición de un documento que normará las relaciones entre la ciudadanía y el Estado y entre todos los ciudadanos que, como en toda Nación, tienen que sujetarse a reglas de juego con igualdad para todos.
Para comenzar, creo que la mayoría de la población concuerda en que el procedimiento de “aprobación” ha vulnerado los reglamentos establecidos para el mismo, en grande y en detalle, en un tiempo increíblemente corto tanto en La Glorieta, como en Oruro, bajo un cerco de fuerzas que impidieron el acceso de todos aquellos que tenían opinión adversa al documento, cuyo proceso de elaboración estuvo claramente cuestionado. Por tanto, sin ser experto en leyes, el documento está viciado de nulidad. Lo que corresponde en rigor, por tanto, es disponer de un periodo adicional de revisión que permita tener un documento aprobado por los 2/3 de constituyentes, tal como corresponde en este caso. ¿cómo realizar esto?, deberá ser objeto de acuerdo en el diálogo que se ha abierto entre el Presidente y los señores Prefectos y que no logró continuar, y de acciones por parte de la sociedad civil que se verá afectada en el futuro inmediato.
Para comenzar el Art. 1, “Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país”. Es todo un galimatías. Para comenzar el concepto Estado plurinacional es claramente contradictorio a unitario. El concepto pluricultural con todas sus connotaciones igualmente resulta contradictorio al término integrador. Todas las naciones del planeta son, sin lugar a dudas, pluriculturales, la raza humana a partir de su diáspora inicial desde Africa ha ido conformando diversidad de culturas que hacen a la riqueza de toda sociedad. Sobre todo aquellas que, reconociendo la importancia de la diversidad cultural, han ido incorporando millones de inmigrantes, sin que por ello se resienta el concepto de unidad nacional.
Igualmente contradictorio al concepto de unidad, ya en el Art. 2, se apunta a la disgregación, a una división de la sociedad boliviana, cuando se establece: “dada la existencia precolonial de las naciones y pueblos indígena originario campesinos y su dominio ancestral sobre sus territorios, se garantiza su libre determinación en el marco de la unidad del Estado, que consiste en derecho a la autonomía, al autogobierno, a su cultura, al reconocimiento de sus instituciones y a la consolidación de sus instituciones”. Aunque el art. 3, queriendo enmendar esto, dispone “El pueblo boliviano está conformado por la totalidad de las bolivianas y los bolivianos pertenecientes a las áreas urbanas de diferentes clases sociales...” .
En un país preponderantemente mestizo, se otorga status especial a 38 etnias, algunas de las cuales están conformadas por una población reducida, solo como ejemplo: Baures, 67 habitantes, canichana 499, guarasugwe pauserna 31, cayubabas 23, lecos 132, tapiete 29, de acuerdo a datos del Censo del 2001 ¿y los demás donde quedamos?.
Con este punto de partida, creo que todos los bolivianos y bolivianos, debemos analizar este documento y cuestionar su nacimiento antes de que sea tarde.