En la última Feria del Libro paceña se presentó el texto Solución de controversias en la integración sudamericana, de la Dra. Karen Longaric de Anaya (Programa de Investigación Estratégica en Bolivia-PIEB, La Paz, 2008.)
Se trata de un trabajo serio, científico y especializado, escrito por una docente universitaria y académica que nos introduce en los contemporáneos meandros procesales de la integración. Nos enseña, con estilo fluido y sencillo, generosamente, las fórmulas jurídicas para la solución de controversias en las cuestiones de la integración de nuestro subcontinente.
Longaric nos introduce en la teoría dinámica y actualizada de fundar los procedimientos en el marco de la integración. Ese marco conceptual y doctrinario en el “comercio” intrarregional ha sido un elemento determinante de la estructuración de un marco jurídico-normativo comunitario, el cual, no obstante sus avances, resulta aún incipiente, tanto en su estructura institucional, como en sus contenidos normativos”. Las arterias que forman las redes comerciales entre los Estados, sus ciudadanos y sus empresas, constituyen los canales que realmente dan vida y expansión a la integración y ante todo difunden esa “nueva realidad”, al decir de Peter Drucker, de la teoría y la práctica del Derecho Procesal de la Filosofía Comunitaria, especialmente la tan actualizada de la Integración Sudamericana.
La innovación de este texto nos conduce a tomar conciencia de la poquedad de las legislaciones nacionales, siempre proclives a sostener tercamente los universalizados criterios normativos internos, los cuales inclusive resisten la validez de los arbitrajes, así ellos hayan sido pactados por la libre voluntad de las partes (Estados y particulares; particulares de una u otra nacionalidad.)
Lo que revela Longaric es que en el ámbito sudamericano, nuestras legislaciones mercantiles y comerciales son atrasadas (yo diría obsoletas dentro de la realidad globalizada, fea, buena o mala, que prevalece en el mundo actual).
Para sostener sus puntos de vista, la abogada se apoya en tratadistas eminentes como Roque Calvano o J.M. Farina. Reclama, casi con desesperación que los Estados y sus actores de comercio regional necesitan con urgencia un sistema institucionalizado e instituido específicamente para la solución de las controversias emergentes de la actividad comercial intrarregional. También recuerda los avances acelerados que instrumentan entidades internacionales como la Organización Mundial de Comercio o la OEA, aunque todos, cuando se refieren al tema radical de su reflexión, son insuficientes.
La documentación que maneja la autora es enorme, aunque muy selectiva en el ámbito territorial que ocupa su trabajo. En esta particular referencia, el libro es un verdadero texto de consulta. Si enumera, no lo hace como una referencia de conocimiento, sino que no le abandona un espíritu crítico para tomar un posicionamiento político que modestamente llama Balance de los sistemas de solución de controversias.
El libro de Longaric podría ser un tratado ampuloso. Ella no cae en esa tentación y “aguza el seso” para condensar la sustancia y las esencias de los materiales que trabaja y que domina.
*Guillermo Bedregal G. es abogado.
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