Se abre el debate sobre el acceso a la información pública Hoy se realizará una audiencia pública sobre el contenido del proyecto de Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. El texto normará el acceso ciudadano a la documentación emitida por entidades públicas.
El Auditorium, ubicado en la zona de Sopocachi, será el escenario hoy (8.30) de la primera audiencia pública organizada por el Ministerio de Justicia para debatir sobre el contenido del proyecto de Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
El texto, que busca agilizar y normar el acceso ciudadano a la información generada en las entidades públicas y en las empresas que hayan suscrito contratos con el Estado, fue presentado al Congreso por el Ejecutivo en agosto.
El proyecto estipula un plazo de 20 días para que los funcionarios públicos entreguen la información solicitada por cualquier ciudadano, entidad pública o privada, ya sea de forma verbal o escrita. La norma establece sanciones en caso de retraso.
El artículo ocho señala que las entidades públicas deberán crear el cargo de Oficial de Información, quien tendrá bajo su responsabilidad el recibir las solicitudes, gestionar y entregar la información solicitada.
“Cuando el Oficial de Información o responsable se encuentren imposibilitados materialmente de informar, deberán responder al peticionario, exponiendo por escrito los motivos o causas que impiden atender su solicitud”, indica el texto.
Entre las excepciones señaladas en la norma al acceso de la información se hallan los casos en que se vulnere la intimidad o privacidad de una persona; que esté protegida por el secreto profesional o que los datos estén relacionados a la seguridad interna y externa del Estado.
El director ejecutivo de la Asociación Nacional de la Prensa (ANP), Juan Javier Zeballos, sostuvo que el proyecto debe ser analizado ya que “tiene elementos que podrían vulnerar el acceso a la información tanto a los ciudadanos como a los medios de comunicación del país”.
ALGUNOS ARTÍCULOS
14 • Cuando reciban una petición de información (los funcionarios públicos), tienen la obligación de satisfacer ese derecho (...). Excepto lo establecido en el artículo 18 (de restricciones) no se rechazará ninguna solicitud. Caso contrario se aplicará sanciones.
19 • La excepción (al acceso a los datos) se extenderá por un máximo de 20 años en caso de seguridad externa y 10 años en caso de seguridad interna. A su vencimiento, la información clasificada se hará pública
20 • En el primer trimestre del año, las máximas autoridades (...) están obligadas a presentar al Ministerio de Justicia un informe acerca del tratamiento otorgado a las solicitudes de acceso a la información.