El desvío de combustibles se castigará como el narcotráfico Vía decreto, el GLP, la gasolina, el diesel y el querosén fueron declarados sustancias controladas. Con esto, se busca endurecer el castigo al tráfico ilícito de combustibles.
VIGILANCIA • Un efectivo militar controla la venta de combustibles en un surtidor situado en El Alto. Fue ayer.
El Gobierno lanzó ayer el Decreto Supremo 29788, para usar la Ley 1008, de Sustancias Controladas, como un instrumento que permita castigar con dureza el contrabando y la especulación de combustibles (gasolinas, diesel oil, Gas Licuado de Petróleo - GLP y querosén) en el país.
La medida fue asumida frente al creciente desabastecimiento de combustibles en el país que, según las autoridades, responde a una sobredemanda registrada desde julio y al contrabando de gas licuado, diesel y gasolina.
El superintendente de Hidrocarburos, Guillermo Aruquipa, explicó que con el decreto emitido ayer se incluye a estos tres combustibles, más el querosén, en la lista de sustancias controladas. Por esta razón —señaló— su tráfico o comercialización ilícita o sin autorización será castigada con entre cinco y 25 años de prisión y los medios que se usen para ese propósito serán incautados y pasarán a disposición de la estatal Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB).
La autoridad del ente regulador sostuvo que se aplicará la Ley 1008 en caso de que alguna estación de servicio desvíe u oculte el combustible que se le entregue; o si las empresas distribuidoras o comercializadoras (cisternas y camiones) transportan combustibles sin autorización o por rutas no asignadas.
La norma también se aplicará cuando se encuentre a vehículos que no tengan la licencia de transporte de hidrocarburos y que sean sorprendidos llevando GLP, gasolina o diesel.
Lo mismo sucederá con las tiendas que almacenen carburantes o donde se encuentren varias garrafas de GLP, añadió.
Con el respaldo del decreto, ayer a las 0.00 empezó el plan denominado “Puño de Hierro”, en el que participan las Fuerzas Armadas, la Policía, la Aduana, el Ministerio Público y la Superintendencia de Hidrocarburos.
Desde ayer, las estaciones de servicio y las plantas distribuidoras son vigiladas por efectivos de las Fuerzas Armadas, y los camiones de GLP y las cisternas que transportan gasolina y diesel tienen escoltas militares.
El general Luis Trigo, comandante en jefe de las FFAA, informó que no sólo el Comando Conjunto operará en el plan, sino todas las fuerzas armadas. Precisó que 900 efectivos están dispuestos para este propósito, puesto que deben cubrir 417 estaciones de servicio y 31 plantas distribuidoras a nivel nacional y escoltar en las áreas rurales.
Aruquipa confía en que con el plan se controlará el contrabando de combustibles, problema que se agudizó —según explicó— desde que el precio internacional del petróleo subió y se mantuvo la subvención de estos carburantes en el país.
El Súper subrayó que mientras los precios son bajos en el mercado interno, en países como Perú y Brasil los carburantes encarecieron, lo que creó una gran brecha de diferencia que ha sido aprovechada por “los malos bolivianos” para hacer negocio a través del contrabando.
Aruquipa afirmó que el control sobre la especulación y el contrabando resolverá el problema de la sobredemanda. Agregó que ahora no será necesaria la importación de gasolina y GLP.
Las sanciones por desviar combustibles
Los castigos por el contrabando y especulación de carburantes serán más severos con la aplicación de la Ley 1008. Habrá cárcel para los infractores.
Secuestro La gasolina, el diesel oil, el querosén o el gas licuado que estén siendo desviados de su destino establecido serán secuestrados por las Fuerzas Armadas, Policía o por el Control Operativo Aduanero (COA) y pasarán a disposición de la estatal petrolera.
Decomiso Los vehículos o motorizados que se usen para el transporte ilícito de combustibles serán secuestrados y entregados en calidad de depósito gratuito a YPFB, bajo el requerimiento del fiscal de sustancias controladas. La estatal podrá usar estos automóviles.
Presidio Las personas involucradas o que se encuentren en posesión ilícita de los carburantes, los trafique o suministre fuera de las normas, serán procesadas y sancionadas con multas pecuniarias y con presidio de entre 10 a 25 años, según indica la Ley 1008.
Castigo La norma dice que si el tráfico de alguno de los cuatro combustibles fuese facilitado por estaciones de servicio (gasolineras) u otros distribuidores autorizados, la privación de libertad para los involucrados puede ser de entre 8 a 12 años o de 10 a 25 años.