La Corte Superior de Chuquisaca declaró improcedente una demanda de hábeas corpus plan- teada por tres ex confinados, por el estado de sitio en Pando. La respuesta fue conocida ayer, pero el 28 de noviembre esas personas recuperaron su libertad.
El recurso fue presentado por Máximo Ayllón Martínez, Agapito Vira Cuéllar y Oswaldo Valdivia Avariega contra el fiscal general, Mario Uribe, y los fiscales de materia de La Paz, Félix Peralta y Eduardo Morales.
Inicialmente, la demanda fue planteada por 17 ex confinados, pero en la audiencia de ayer, la mayoría decidió retirar el recurso y solamente tres de ellos mantuvieron su posición.
Los argumentos de rechazo de las vocales Elena Lowental y Teresa Rosquellas, que conformaron el Tribunal de Hábeas Corpus, señalan que el Fiscal General “tiene autonomía funcional, se rige por los principios de legalidad y unidad” y, por lo tanto, tiene atribuciones para delegar y comisionar a fiscales para hacer investigaciones.
Los denunciantes cuestionaron al fiscal Uribe por haber delegado sus funciones y conformar una comisión de fiscales para que investiguen los hechos de Pando.
Respecto a los fiscales Peralta y Morales, el tribunal también declaró improcedente las denuncias hechas por los tres confinados sobre la presunta detención ilegal y el doble juzgamiento. Las vocales determinaron que no existe doble procesamiento, porque no hay una sentencia ejecutoriada y el proceso se encuentra en etapa de investigación. Ayllón, Vira y Valdivia fueron confinados en distintas fechas, desde el 12 de septiembre, en virtud a la aplicación del estado de sitio en Pando, y recuperaron su libertad el 28 de noviembre. Redacción Sucre