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Público y privado
Las normas están hechas; sin embargo, en el cuidado de la vida hay que pasar de la norma a la acción.
La Razón (Edición Impresa) / Lucía Sauma
04:29 / 07 de febrero de 2013
Los papás, mamás o tutores tienen hasta tres días de licencia al año para cuidar a sus hijos cuando se enferman. Esta medida está normada por el Decreto Supremo Nº 1455 del 9 de enero de 2013. Es una forma de asumir la responsabilidad que tiene el Estado de proteger la vida. No es una concesión, es el derecho de los niños a ser protegidos y el derecho de los padres a ejercer su paternidad y maternidad como una prioridad, para renovar y mejorar la existencia humana.
Desde hace un tiempo se ha puesto en consideración de la opinión pública la falta de responsabilidad con que el Estado y la sociedad en su conjunto observan el denominado trabajo de cuidado, como se conoce a las tareas relacionadas con la alimentación, curación de enfermos, afecto, acompañamiento, lavado de la ropa y aseo de la casa; considerándolas labores secundarias, restringidas al ámbito privado y principalmente asumidas por las mujeres.
También desde hace un tiempo se hizo seguimiento a las normas que tienen que ver con la conciliación entre el trabajo productivo (el que se relaciona con la profesión u oficio) y el trabajo reproductivo (el trabajo que se cumple en la casa para la familia), y con su implementación y cumplimiento. Como ejemplo veamos la Ley Nº 3460 de Fomento a la Lactancia Materna, cuyo reglamento en su artículo 15° (Obligaciones de las instituciones públicas y privadas) establece permitir a las madres en periodo de lactancia llevar a sus bebés a sus fuentes de trabajo y de estudio; otorgar a las madres en periodo de lactancia el descanso establecido en la Ley General del Trabajo, en caso de que éstas no lleven a sus bebés a sus centros laborales; y adecuar ambientes en los lugares de trabajo y de estudio, para que las madres con niños lactantes menores de seis meses puedan amamantar en condiciones óptimas. Esta disposición es de 2006.
En una consulta en los 20 ministerios, se evidenció que en todos aceptan que las mamás lleven a los bebés lactantes a sus trabajos, o se tomen el tiempo normado. Salvo los ministerios de Educación y de Hacienda (no evidenciado), ninguno cuenta con lugares adecuados para que las madres y los niños cumplan con este derecho. Los cajones de los escritorios suelen ser cunas, y muchas de las mujeres consultadas dijeron que tenían temor de que los bebés “molesten” y ellas reciban una llamada de atención por llevarlos al trabajo.
Las normas están hechas. Su cumplimiento será a medias mientras no se tengan guarderías en los centros de trabajo, mientras no se adecúen espacios para la lactancia materna, y mientras no se hagan efectivos los permisos cuando los hijos estén enfermos. En el cuidado de la vida hay que pasar de la norma a la acción.
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Público-Privado, Normas