El Censo 2001 le resta diputados a cuatro regiones La Constitución manda que en la próxima elección la distribución de escaños en el Congreso sea según el último censo. El crecimiento de Santa Cruz le beneficia con cuatro parlamentarios más. La Paz, Potosí, Oruro y Chuquisaca pierden.
La nueva distribución parlamentaria que manda la Constitución Política del Estado (CPE), para la próxima legislatura, le quita seis diputados al occidente del país, le suma cuatro al oriente y le da dos más a Cochabamba.
Según el artículo 60, parágrafo, sexto de la CPE, la distribución total de escaños entre los departamentos se determina por ley, en base al número de habitantes de cada uno de ellos, lo que quiere decir que la radiografía demográfica del país expresada en el Censo de Población y Vivienda del año 2001 se debe traducir en cambios en la composición del Parlamento, específicamente en la Cámara de Diputados.
Esta disposición constitucional debería ser aplicada, en base a los datos del último censo, en las elecciones generales que convocará el presidente Eduardo Rodríguez Veltzé, siempre que encuentre consenso para ello.
En las elecciones generales del 2002 se tomaron en cuenta los datos del censo de 1992, porque los del 2001 aún no eran oficiales. Sin embargo, ahora sí lo son.
El último censo arroja datos reveladores sobre la población que actualmente tiene cada uno de los nueve departamentos.
Allí se advierte, por ejemplo, que una década después, Santa Cruz tiene 700 mil habitantes más que en 1992.
Por otro lado, Cochabamba ha incrementado su población en unos 300 mil habitantes. La Paz posee al menos 400 mil habitantes más que en 1992.
Mientras que en los demás departamentos —Oruro, Tarija, Potosí, Beni, Pando y Chuquisaca—, si bien hay aumento en su población, la escala es menor, con un promedio de más de 100 mil habitantes en cada uno.
Esta nueva realidad, según la CPE, también se debe traducir en la representación departamental en la Cámara de Diputados.
Es por ello que, por ejemplo, Santa Cruz se beneficia con cuatro diputados más y Cochabamba con dos, mientras que La Paz, pese a haber aumentado de habitantes, además de ser el departamento con más diputados, se verá afectada con la reducción de dos de sus representantes, según un estudio realizado por el sociólogo Ricardo Paz Ballivián.
Además, según los mismos datos, Chuquisaca pierde un curul, Potosí resta dos y Oruro pierde uno, mientras que Tarija, Beni y Pando mantienen sus curules.
Según el trabajo de Paz Ballivián, quien además elaboró el cuadro con la nueva asignación parlamentaria, el tema debe ser abordado cuanto antes en el debate congresal ya que para algunas regiones o partidos políticos la pérdida de representantes puede ser causa de inconformidad.
“El Congreso debe hallar una salida política que permita aplicar una solución técnica para los departamentos afectados, pero que además reconozca la nueva realidad poblacional de cada una de las regiones”, señaló. “Esa nueva realidad además tiene connotaciones políticas, por ejemplo, partidos que son fuertes en los departamentos afectados podrían resistirse al cambio”.
Además, dijo que cree pertinente que el Parlamento empiece a analizar las salidas de este nueve escenario. “Deben primar los argumentos técnicos antes que los intereses políticos”, consideró el ex asesor de Carlos Mesa.
La asignación de escaños está prevista en el artículo 88 del Código Electoral. Según explicó el vocal de la Corte Nacional Electoral, Salvador Romero, esto significa que el incremento o descenso de la cantidad de diputados para los departamentos es una tarea exclusiva del Congreso, que deberá modificar el mencionado artículo para encaminar la nueva distribución. “Este trabajo no puede ser realizado de oficio por la Corte”, aclaró Romero.
A letra muerta
La Constitución • El artículo 60 dice que la Cámara Baja se compone de 130 miembros. También señala que en cada departamento, la mitad de los diputados se elige en circunscripciones uninominales y la otra mitad en plurinominales.
El parágrafo VI • Señala que la distribución del total de escaños entre los departamentos se determina por ley en base al número de habitantes de cada uno de ellos, de acuerdo al último Censo. Por equidad, la ley asignará un número de escaños mínimo para los departamentos con menor población y menor grado de desarrollo económico. Si la distribución de escaños para cualquier departamento resultare impar, se dará preferencia a la asignación de escaños uninominales.