El Presidente fija los comicios para el 18 y asigna los escaños La fórmula presidencial define que Santa Cruz recibirá tres escaños más y uno Cochabamba. La Paz pierde dos espacios, y Oruro y Potosí uno cada uno. El Presidente se va el 23 de enero.
PALACIO DE GOBIERNO • El presidente Eduardo Rodríguez, flanqueado por el ministro de la Presidencia, Iván Avilés, y el delegado Jorge Lazarte (der.), anuncia su decisión sobre los escaños.
Un mes y 10 días después que el Congreso no consiguió reasignar escaños parlamentarios para dar luz verde a las elecciones generales y de prefectos programadas para diciembre, el presidente Eduardo Rodríguez asumió anoche esa responsabilidad, aprobando un decreto especial.
La decisión presidencial llegó tras el fracaso de un encuentro cívico-parlamentario convocado por el Comité Pro Santa Cruz y al filo de los plazos legales para garantizar que el proceso se realice en diciembre, último mes de la gestión constitucional que fue acortada en junio para que los bolivianos puedan renovar los poderes Ejecutivo y Legislativo.
"Se trata de una decisión excepcional...por primera y única vez", justificó el Mandatario, al anunciar el decreto de redistribución, que incluyó un artículo para diferir al 18 de diciembre la fecha de los dos comicios, que inicialmente estuvieron convocados para el 4 de ese mes y que fueron postergados debido a la indecisión parlamentaria.
Con el decreto, vigente hasta que el Congreso se pronuncie oficialmente ratificándolo o aprobando una ley de redistribución diferente, Santa Cruz se beneficia con tres escaños más en la Cámara de Diputados y Cochabamba con uno, mientras La Paz pierde dos espacios, y Potosí y Oruro uno cada uno.
El Jefe de Estado recordó que su mandato de transición le impone la responsabilidad de garantizar las elecciones y reiteró que cumplirá con esta obligación para no extenderse en su gestión ni un solo día. Por ello ratificó que dejará el cargo el 23 de enero.
Explicó que si bien su fórmula de redistribución de escaños no recibió el respaldo unánime de las regiones comprometidas –Santa Cruz insiste con cuatro espacios–, es la que mayor respaldo tiene, por lo que expresó su confianza en que será respaldada en el Parlamento.
"Se trata de una situación absolutamente extraordinaria a la cual acude el Poder Ejecutivo con responsabilidad, porque se trata de valores fundamentales, nada más y nada menos que el derecho de los ciudadanos de concurrir a las urnas para elegir y ser elegidos", sostuvo el gobernante, en una extensa exposición que decidió ofrecer luego de una reunión extraordinaria de gabinete.
En el día, Rodríguez estuvo a la espera de las decisiones que se adoptarían en el encuentro convocado por el Comité Pro Santa Cruz, aunque paralelamente hizo gestiones para conseguir respaldo político para sus decretos. Para ello se reunió con los tres principales postulantes a la presidencia (Jorge Quiroga de Podemos, Evo Morales del MAS y Samuel Doria Medina de UN).
Cerca de las 20.30 horas, después de ocho horas de discusión y el abrupto abandono de las representaciones de La Paz y Cochabamba, concluyó la reunión en Santa Cruz, sin que los representantes de ese departamento hubieran podido convencer a las otras regiones reunidas de su demanda de cuatro escaños.
Fue entonces que el Presidente tomó la decisión de aprobar el Decreto Supremo 28228, que tras un extenso espacio dedicado a la justificación de la norma, define el 18 de diciembre como fecha de las elecciones, anuncia la redistribución de escaños, ordena que la Corte Nacional y las departamentales readecuen sus calendarios y que otorguen a los partidos un plazo de 48 horas para renovar sus listas de candidatos, y determina que el día siguiente de la transmisión de mando, que se realizará el 23 de enero, designará a los prefectos elegidos por voto directo.
En su exposición, Rodríguez insistió en la legalidad del instrumento que puso en vigencia, amparado en la Constitución Política del Estado, el Pacto de San José y un fallo del Tribunal Constitucional respecto a un decreto similar emitido en el gobierno de Carlos Mesa y que sentaría jurisprudencia a la decisión asumida.
La presidenta de la Cámara de Diputados, Norah Soruco, lamentó que no haya sido el Congreso el que tome la decisión y aseguró que no decidirán sobre cálculos particulares. Las sesiones se reiniciarían mañana.
Los argumentos del Decreto 28428
Varios son los argumentos presentados por el Poder Ejecutivo para la aprobación de la norma que define la nueva distribución de escaños.
Elecciones • Que la realización de las Elecciones Generales y de Prefectos de Departamento el 4 de diciembre de 2005 están condicionadas al cumplimiento de la Sentencia Constitucional (...) de 22 de septiembre que declara inconstitucional el Artículo 88 de la Ley Electoral (...) e insta al Poder Legislativo para que, con carácter de urgencia, sancione una disposición modificatoria...
Pacto de San José • El Pacto de San José de Costa Rica o Convención Americana sobre Derechos Humanos, en su artículo 2 prescribe que si el ejercicio de los derechos y libertades mencionados en el Artículo 1, no estuviere garantizado por disposiciones legislativas (...) los Estados partes se comprometen a adoptar (...) las medidas legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacer efectivos tales derechos y libertades.
Atribución • Que el Presidente de la República tiene atribución para hacer cumplir las sentencias de los tribunales de conformidad a lo dispuesto por la Constitución Política del Estado en su Artículo 96, numeral 12; disposición, que no limita el tipo de sentencia ni la clase de tribunal.
Artículo 1 • El decreto establece que su objetivo es “atender la distribución de escaños parlamentarios de los Departamentos de la Cámara de Diputados del Congreso Nacional, con base en el Censo Nacional de Población y vivienda del año 2001 y la asignación equitativa por población y desarrollo económico...”
Artículo 2 • Se refiere a la distribución y establece que “De conformidad al artículo 60 (...) de la Constitución Política del Estado, se dispone la siguiente distribución de escaños parlamentarios (...): La Paz 29, Santa Cruz 25, Cochabamba 19, Potosí 14, Chuquisaca 11, Oruro 9, Tarija 9, Beni 9 y Pando 5”.
Artículo 3• “Se posterga la fecha de elecciones generales y de prefectos del 4 de diciembre (...) al 18 de diciembre del año 2005”.
Artículo 4• “El nuevo Presidente Constitucional de la República, al día siguiente de la transmisión de mando, el 23 de enero de 2006, designará a los Prefectos de Departamento que hubieran sido acreditados por el órgano electoral competente como ganadores de las elecciones...”