Licencia de Rodríguez debe ser resuelta por la Suprema Benjamín Miguel y Gabriel Peláez, constitucionalistas, dicen que es un asunto interno y no es competencia del Tribunal Constitucional.
LA POSESIÓN • El entonces presidente del Congreso, Hormando Vaca Díez (izq.), toma el juramento al nuevo presidente, Eduardo Rodríguez Veltzé. Ocurrió el 19 de junio, en Sucre.
Dos abogados constitucionalistas coinciden en que la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia —y no el Tribunal Constitucional que ahora analiza el caso— es la encargada de responder a la solicitud de licencia presentada por Eduardo Rodríguez Veltzé, a su cargo como presidente del máximo Tribunal de Justicia para asumir, el 19 de junio, la presidencia de la República.
Para el abogado Benjamín Miguel Harb, el presidente Rodríguez “debe quedarse como presidente de la Corte Suprema de Justicia porque asumió la presidencia de la República por un mandato constitucional, en un momento de urgencia, no en uno normal, en el que habiendo renunciado los presidentes del Senado y de Diputados podía provocarse un vacío legal con consecuencias imprevisibles”.
Agregó que el tema de la licencia es un problema interno de la Corte Suprema de Justicia y en este punto coincidió con su colega chuquisaqueño, Gabriel Peláez, para quien además resulta “penoso que la Corte Suprema no haya logrado una solución interna” para responder al pedido del Primer Mandatario.
Peláez observó la demora que tomó la concertación de la consulta porque los magistrados se tomaron, primero casi cuatro meses para definir si otorgaban o no la licencia y ante la falta de consenso, en otro mes de discusiones, con esfuerzo lograron la mayoría de votos en la Sala Plena para elevar una Consulta sobre el tema al Tribunal Constitucional.
Además, “después de haber decidido el envío de la consulta, el texto recién fue presentado al Tribunal Constitucional una semana después (el 16 de noviembre), casi como una consulta apresurada”, agregó el abogado.
Benjamín Miguel dijo que “los ministros de la Corte que se oponen a que sea el Tribunal Constitucional la instancia que estudie el problema, tienen toda la razón, porque no tiene atribuciones para eso. Por mandato de su ley orgánica, el Tribunal sólo puede pronunciarse sobre la legalidad, constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley”.
Dijo que Rodríguez, el 9 de junio, “tenía el mandato de la Constitución que debía obedecer. No podía negarse, porque si lo hubiese hecho habría provocado el vacío de poder”. Redacción Sucre