Los mingitorios que cuenten con secador de manos automático o toallas desechables, jabón líquido y espejo podrán cobrar Bs 1, y los que no brinden estos servicios sólo deberán recaudar 50 ctvs por persona, de acuerdo a lo que señala el Reglamento de Servicios Higiénicos de La Paz.
El director operativo de Regulación de la comuna paceña, José Luis Bedregal, explicó que el objetivo del reglamento es normar el funcionamiento, operación y control de los servicios higiénicos en calidad, infraestructura, accesibilidad, bases tarifarias, continuidad del servicio y prevención de la salud pública.
Para realizar un mejor control y brindar un servicio de calidad los servicios higiénicos fueron clasificados en dos categorías: “A”, que además de los requisitos mínimos de instalación y operación debe contar con un secador de manos automático o toallas desechables, jabón líquido y espejo. Y “B”, que sebe cumplir con las características generales para la instalación de los mingitorios
Los operadores deben adecuar sus instalaciones hasta el 29 de septiembre del 2006.