Ahora, con la complicación del limbo en el que están los contratos, requerirá una gran dosis de imaginación, y sobre todo sensatez. Llegó el 15 de noviembre y sucedió lo que todo el mundo sabía que iba a suceder. No se realizó la conversión obligatoria de los contratos petroleros de riesgo compartido suscritos bajo la Ley de Hidrocarburos 1689, a cualquiera de las modalidades de contrato que contempla la nueva Ley de Hidrocarburos 3058. Cuando se promulgó la Ley 3058, muchas fueron las voces haciendo notar que el plazo señalado de 180 días para el cambio de 72 contratos en forma "obligatoria" a los difusamente señalados en la ley, era insuficiente.
Inclusive es muy sintomático que el líder de la fuerza política que impulsó la Ley 3058, y sobre todo su artículo 5° de "cambio obligatorio" de contratos, haya visitado al presidente Lula después del 15 de noviembre y que al final de la entrevista informe que Petrobras recibiría un trato preferente o especial. ¿Estaba pensando que Petrobras ya había sido obligado a firmar un contrato adecuado a la nueva ley y que si llegara a presidente le ofrecerá un nuevo contrato?
Según informa, el Ejecutivo realizó muchas tareas y puso en efecto Decretos, tratando de aplicar la Ley 3058 (yo la llamé Ley Godzilla e inaplicable, calificativos muy resistidos por algunos, que los repito como recordatorios). Transcurridos los 180 días fijados en el artículo 5° de la ley, sobre este punto crucial, el Poder Ejecutivo indica que "ha evidenciado falencias estructurales en la formulación del segundo párrafo del artículo 5° de la Ley de Hidrocarburos que jurídicamente dificultan su aplicación y obstaculizan de manera determinante la adecuación plena de los contratos de riesgo compartido" y que por tanto, no se puede realizar la conversión de los contratos o lograr la famosa "migración", estipulada en el artículo 5° de la flamante ley.
La reacción del Poder Legislativo fue de una airada protesta, rechazando el informe del Ejecutivo e inclusive existen voces, que recurriendo a la máxima que "la ley se cumple, y no se negocia", amenazan con iniciar juicios de responsabilidades al Presidente y su ministro del ramo. Qué ironía, parece que se olvidan o pasan por alto que al mando de la nación está un hombre de leyes, y que como Presidente ha jurado cumplir todas las leyes de la República y que en su informe, abundando en razonamientos, señala en buen romance que para cumplir con el artículo 5° de a Ley de Hidrocarburos, tendría que atropellar o incumplir otras leyes. Lo observable es el haber esperado hasta el 15 de noviembre para expresar ese criterio o, ¿tal vez abrigó la ingenua esperanza que las compañías estaban dispuestas a aceptar cambiar sus contratos obligatoriamente?
Las empresas naturalmente reaccionaron airadas al texto de la Ley 3058. Las más importantes, con la excepción de Petrobras, notificaron al gobierno que si no se la modificaba, se acogerían a los tratados de protección a la inversión extranjera, que nuestro país ha celebrado con los países sede de las empresas. Dicho sea de paso que esos tratados también son leyes de la República, habiendo sido en su tiempo ratificados por el Congreso. También, de paso, Bolivia y Brasil no tienen suscrito un convenio de ese tipo. Estos convenios contemplan que en caso de controversias, como es ésta, se debe ingresar primero a un período de 3 a 6 meses en búsqueda de una solución amigable y que si fuera necesario, las partes pueden prolongar ese período, por el tiempo que estimen necesario, antes de ingresar a un juicio de arbitraje. Se informa que las empresas están dispuestas a prolongar el período de búsqueda de una solución amigable.
Es muy triste observar que en un estado de democracia, que nos preciamos todos de tener y tratamos de preservar, se hubiera legislado la firma obligatoria de contratos no pactados, porque trae a la memoria recuerdos de las célebres confesiones "voluntarias", firmadas por los presos políticos de la extinta Unión Soviética y los contratos de cesión de sus bienes al Estado, que los judíos fueron obligados a suscribir en la Alemania nazi.
Pero entre la declaración de la imposibilidad legal de hacer cumplir un artículo crucial de la ley, las amenazas de juicio de responsabilidades y el posible inicio de interminables y costosos juicios de arbitraje, el tiempo está pasando y el panorama se complica aún más. Todo señala que se tendrá que ampliar el plazo ya cumplido y para tal efecto se deberá enmendar la Ley 3058 con otra ley. Hasta que eso suceda, la relación contractual empresas – Estado ha ingresado a un limbo legal porque la ampliación surtirá efecto en el momento en que se apruebe la enmienda.
Menudo lío en el que estamos. El Presidente solicita al Legislativo el coordinar acciones entre los dos poderes para lograr una "efectiva aplicación de la norma".
Ahora, con la complicación del limbo en el que están los contratos, requerirá una gran dosis de imaginación, y sobre todo sensatez, para salir airosamente del tema. Lamentablemente, sensatez es un atributo que en los últimos tiempos está muy escaso en nuestro país.
*Carlos Miranda P. es ingeniero petrolero, fue superintendente de Hidrocarburos.
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