Los locales de expendio de alimentos y/o bebidas alcohólicas podrán funcionar a sólo 100 metros de los establecimientos educativos, centros de salud, iglesias y campos deportivos. Así lo establece un proyecto de reglamento que el Concejo Municipal de La Paz empezará a discutir en las próximas semanas.
La normativa prevé también horarios de atención y modificaciones en la fiscalización, con criterios distintos o ausentes en el reglamento aprobado el 2001, y que ahora está vigente.
El presidente del ente legislativo edil, Luis Revilla, admitió que la norma de hace cuatro años establecía una distancia de al menos 200 metros entre el negocio y los colegios y centros de salud, pero esta obligatoriedad, como otras, “no se cumplían”.
En el nuevo reglamento, este criterio aparece en el Capítulo III. De aprobarse su contenido, las subalcaldías tendrán toda la responsabilidad en la aprobación de la licencia y el control de locales.
En la propuesta, los negocios se categorizan, ya no por el nombre (cantinas, bares, licorerías, restaurantes, clubes, discotecas, supermercados, tiendas y otros), sino por el tipo de producto que expenden, añadiendo obligaciones y prohibiciones, con sanciones a los infractores, que van desde multas hasta clausuras.
Las categorías previstas son seis. Por ejemplo una licorería o una tienda de barrio serían “D” para expendio de bebidas alcohólicas de consumo externo. En las de consumo interno se establece obligaciones como poseer extinguidores, salidas de emergencia y áreas para fumadores.
Otras son la obligatoriedad de obtener una certificación acústica, cumplir con horarios tope de atención y con las especificaciones técnicas de seguridad (mencionadas líneas arriba).
Entre las prohibiciones se ordena negar la atención al público en estado de ebriedad o bajo influencia de drogas, y originar o permitir desórdenes públicos, dentro y fuera del local.
Revilla sostuvo que se pensó en establecer horarios tope, según la categoría del local, a fin de reducir el consumo de bebidas alcohólicas en las calles y plazas.
“Estamos simplificando los procedimientos, (...) para regularizar la situación de los locales y cumplir este nuevo reglamento”, dijo con respecto al espíritu general de la nueva norma.
El presidente de la Federación de Bares y Cantinas de La Paz, Benjamín Zenteno, dijo que pagan sus impuestos y cumplen con sus deberes formales siempre, pero que “a cambio sólo recibimos barro de la Alcaldía”. Anunció que su directorio analizará el nuevo reglamento para aceptarlo o rechazarlo.
De la norma
Categorías • Serán seis nuevas categorías, según el servicio del negocio (de atención externa o interna).
Horarios • Los lugares que vendan bebidas alcohólicas para consumo externo deberán funcionar desde las 9.00 de la mañana hasta las 21.00 horas. Y los que expenden bebidas espiritosas para consumo interno deberán funcionar desde las 20.00 hasta las 5.00 horas del día siguiente.