Una guía sobre la estabilidad en el empleo Los sindicatos reciben la derogación del artículo 55 del 21060, pero consideran que el aumento salarial no es suficiente. Piden que Morales cumpla con su propuesta electoral.
El Gobierno espera dar fin con las relaciones laborales que se camuflan con contratos civiles y comerciales; sin embargo, la aplicación del decreto presentado el miércoles, plantea dudas que, según el viceministro de Trabajo, Miguel Albarracín, se irán superando una vez que empleadores y empleados vean en la relación laboral una opción de desarrollo y no sólo la prestación de servicios.
Los decretos 28699, que deroga el artículo 55 del 21060, y el 28700, del aumento del salario mínimo, afectan a todas las empresas, organizaciones e instituciones que cuenten con personal asalariado dependiente, sean grandes, medianas o pequeñas.
“Hay un importante sector de la población que gana el mínimo nacional, sobre esto se calcula el tema del régimen complementario al IVA, que se calcula sobre tres mínimos nacionales. Luego ayuda en el tema de lactancia y en el bono de antigüedad, que también se calcula sobre el mínimo”, explicó el viceministro.
La eliminación de los contratos civiles que ocultan una relación laboral tiene que ver con la naturaleza de los mismos. En el caso de las ONG o las empresas de servicios, lo que determinará la validez es la duración.
“Si alguien tiene un proyecto que dura, digamos unos seis meses, no va a tener un contrato permanente. Su naturaleza implica que el trabajo sólo durará seis meses”, precisó Albarracín. Antes de ser incluido en la planilla, el empleado debe cumplir 90 días de prueba, tras los cuales debe ser registrado en planilla o, si el desempeño no fue adecuado, prescindir de sus servicios.
El Decreto 28699 fue bien recibido por varios sindicatos. El dirigente Johnny Saique, de Chuquisaca, dijo que el Decreto 21060 violaba los derechos laborales.
La otra cara de la moneda la expresaron los empresarios cruceños, que rechazaron la medida. Mediante un comunicado, la Cámara de Industria y Comercio (Cainco) de Santa Cruz asegura que perjudicará a los desempleados, porque disminuirá las iniciativas para la creación de nuevas fuentes de trabajo y perjudicará a las empresas de servicios.
En cuanto al incremento salarial a 500 bolivianos, el presidente de la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia, Roberto Mustafá, dijo que esa decisión provocará el cierre de varias empresas, porque no podrán cumplir con la determinación. Los sindicatos consideraron que el aumento del salario mínimo es insuficiente y exigen que el presidente Evo Morales cumpla su promesa de 1.500 bolivianos.
La anulación del artículo 55, del Decreto 21060, plantea varias dudas entre los trabajadores.
El viceministro de Trabajo, Miguel Albarracín, y asesores legales del Ejecutivo y ex autoridades explican los alcances de los decretos anunciados la noche del miércoles y responden algunas preguntas urgentes.
1 Trabajo hace ocho meses en un mismo lugar, cumplí un contrato de seis meses y ahora tengo uno por tres. ¿Cuál será mi antigüedad si me despiden? La antigüedad es acumulativa y se calcula por duodécimas. No puede haber más de dos contratos porque, si el empleado sigue trabajando aun sin contrato, ya es empleado, y si es despedido, tiene desahucio.
2 Si hay un conflicto laboral entre partes, ¿el Estado puede constituirse en parte civil? En derecho laboral no hay parte civil. Pero el Estado debe resolver los conflictos, salvo que sea el empleador, es protector.
3 Soy empleado de una pequeña empresa y no me quieren pagar beneficios. ¿Cómo intervendrá el Estado? El Estado ofrece los inspectores de conciliación del Ministerio de Trabajo, independientemente del tamaño de la empresa. Si no se resuelve, se debe interponer una demanda en la judicatura laboral.
4 ¿Qué pasa en las empresas en las que se categoriza y se da un salario diferente a personas que hacen el mismo trabajo?, ¿no es discriminación? La administración de recursos humanos se basa en normas e incentivos. Cada empleador fija una escala salarial que es proporcional a la responsabilidad y a la calificación de las personas. Lo que no se puede hacer es contratar para un mismo trabajo a dos personas con diferente sueldo.
5 ¿Qué pasa en las empresas que necesitan empleados temporales como los supermercados, que contratan personal sólo por las fiestas de fin de año? La Ley General del Trabajo permite los trabajos eventuales.
6 ¿Se garantiza que los empleados públicos tengan estabilidad laboral y beneficios sociales si es que son despedidos? Los empleados públicos están sometidos al Estatuto del Funcionario Público, pero esto está en revisión. Es posible que se acojan a la Ley General del Trabajo.
7 ¿Si un empleado trabaja menos de ocho horas, le pueden pagar menos de un salario mínimo? Este tema aún esta en discusión. Los 500 bolivianos son por la jornada laboral de acuerdo al tipo de trabajo. En el caso de los maestros, por ejemplo, la jornada es el horario de clases, aunque no sean las ocho horas laborales establecidas en la ley.
8 ¿Se aplicarán los decretos para las empleadas domésticas? Sí, y aunque en muchos casos no se paga el mínimo, si hay denuncia habrá sanciones.
9 Antes del decreto, ¿cuántos días tenía el empleador para pagar beneficios? 15 días hábiles.
10 ¿Había la multa del 30% de lo adeudado? No. Además la medida permite que la sanción económica beneficie al trabajador.
11 Si he sido despedido en abril y he llegado a un acuerdo con mi ex empleador para pago de beneficios, ¿qué rige?, ¿el decreto o el acuerdo entre partes? Rige el acuerdo entre partes, y si no se cumple o hay una mala liquidación, se aplica la ley. Sólo en el derecho civil se reconoce que el acuerdo es ley entre partes.
12 ¿El decreto se aplica retroactivamente? ¿En qué casos? Está sujeto al artículo 33 de la Constitución Política del Estado. Pero en casos específicos.
13 El acuerdo entre partes vale en el futuro, ¿en qué casos? No vale si no está sujeto a las normas legales vigentes.
14 ¿Se aplica el plazo para el pago de beneficios en caso de una renuncia voluntaria? Sí, pero siempre y cuando se haya cumplido más de cinco años de antigüedad como empleado.
15 ¿Quién y cómo decide el pago de beneficios o la reincorporación en caso de despido? Se decide en la vía conciliatoria, y si no hay acuerdo es el juez en aplicación de la ley.
16 ¿En el despido hay acuerdo entre partes? No puede haber acuerdo, porque el despido tiene que ser intempestivo, y si es acordado no es despido y es una acción ilegal, fraudulenta.
17 Si partimos del supuesto de que nadie quiere ser despedido, el empleado nunca podrá hacerlo, porque el trabajador optará por la reincorporación. Hay causales, y si éstas son contundentes, incluso el despido puede ser sin beneficios. Eso está establecido en la ley.
18 ¿Quién y cómo decide si el despido de un empleado es injustificado? Esa decisión la toma un juez en aplicación de la Ley del Trabajo.
19 Si el recorte de gastos obliga a despedir a más de un empleado para equilibrar sus finanzas, ¿esa acción es injustificada? Esto falta normar. Se debe confirmar que existen problemas económicos o que realmente haya una reestructuración.
20 ¿Qué son los contratos civiles y comerciales? ¿En qué casos laborales tienen vigencia? Son los que se refieren a los negocios en el ámbito civil y que sólo comprometen a las personas. En el caso laboral es cuando se cobra por un servicio sin que haya relación de dependencia directa, ni exclusividad, ni horario. Sólo se cobra por el servicio y se cumple con lo pactado.
21 ¿Significa que esta norma reconoce los contratos civiles? Los contratos civiles responden al Código Civil, lo que hace el presente decreto es evitar que se disfracen o se camuflen los contratos temporales que se repetían, dejando al trabajador en estado de incertidumbre y sin beneficios sociales.
22 En el futuro, ¿cómo se reglamentará la estabilidad laboral? Está en plena etapa de estudio y por eso el decreto tiene plazos. Habrá una respuesta.
23 ¿Cómo se calcula en bono de lactancia? El bono de lactancia se calcula sobre el salario mínimo nacional, desde el 1 de mayo se calcula sobre los 500 bolivianos, el actual salario mínimo. Todos los beneficios que se calculan sobre el salario mínimo tienen una norma especial, al igual que el bono de antigüedad, por ejemplo.
24 ¿El incremento al salario afectará el cálculo para pagar el Impuesto al Valor Agregado? Ese impuesto surge del cálculo de cuatro salarios mínimos y la aplicación de una fórmula matemática, por tanto el incremento al salario mínimo sí afecta al cálculo del IVA.