La Cámara Baja aprobó ayer un proyecto de ley que faculta a los municipios del país para que puedan normar y controlar la extracción y aprovechamiento, en los ríos de su jurisdicción, de arena, cascajo, ripio, piedra, grava, gravilla, arenilla, arcilla, lama y turba, entre otros.
El manejo de estos productos, denominados formalmente como áridos o agregados, será regulado por esta norma, una vez aprobada legalmente, debido a las varias denuncias de explotación irracional en los ríos.
El proyecto remitido ayer a la Cámara de Senadores para su revisión, establece que los gobiernos municipales serán la instancia competente en el manejo de áridos o agregados, mientras que la Superintendencia de Minas no tendrá ninguna competencia en la regulación de esos elementos. La norma, una vez aprobada por el Senado, será remitida al Poder Ejecutivo.
El documento aprobado en la Cámara de Diputados señala que los gobiernos municipales, mediante ordenanzas, aprobarán las reglamentos de manejo y conservación de los ríos y las cuencas de su jurisdicción municipal, donde estarán establecidas las normas de explotación de agregados. Las alcaldías, sobre la base de la Ley de Medio Ambiente y sus reglamentos, podrán gestionar auditorías ambientales ante las autoridades competentes, de las explotaciones irracionales o irregulares de los áridos, señala el proyecto de ley.
En base a informes técnicos legales —agrega la propuesta legal— las alcaldías podrán declarar pausas ecológicas en los ríos que estén afectados y que representan riesgos de desastres naturales. De forma obligatoria realizarán evaluaciones técnicas y legales de las concesiones de áridos otorgados a la fecha con informes y conclusiones.