El Tribunal cierra la investigación de los diputados contra Mesa RESOLUCIÓN • El Tribunal Constitucional le dio la razón al ex gobernante y dijo que la Fiscalía es la encargada de este tipo de casos.
Por ley, la Comisión de Defensa de la Cámara de Diputados está impedida de investigar al ex presidente Carlos Mesa, por la supuesta intención de entregar el mando presidencial a las Fuerzas Armadas y cerrar el Congreso Nacional, según el Tribunal Constitucional.
De acuerdo al fallo constitucional, la tramitación de los juicios de responsabilidades, tanto la labor de investigación como la de acusación, y posterior sustentación de la misma, están a cargo del Ministerio Público. Así lo establece la Carta Magna en su artículo 118 y la Ley Orgánica del Ministerio Público.
“Por consiguiente, el hecho de que la Cámara de Diputados encomiende a una comisión la investigación de un presunto ilícito atribuido a un ex presidente constitucional de la República, como es el recurrente, implica una vulneración de la garantía del debido proceso”, se lee en uno de los fundamentos jurídicos del fallo difundido ayer.
El Tribunal declaró nula la Resolución Camaral 080/2006-2007, del 1 de junio del 2006, mediante la cual la Cámara de Diputados resolvió encomendar a su Comisión de Defensa la investigación sobre las denuncias efectuadas por Freddy Bersatti Tudela, referidas a la supuesta intención de Carlos Mesa de entregar el mando a las Fuerzas Armadas y cerrar el Congreso Nacional.
La denuncia del comandante del Ejército, general Bersatti, fue difundida en el programa “Aló Presidente” dirigido por el presidente de Venezuela, Hugo Chávez, desde Tiwanaku en mayo del presente año.
Tras esta denuncia, el ex mandatario Carlos Mesa acudió al Tribunal con un recurso contra el presidente de la Cámara de Diputados, Edmundo Novillo, quien dio curso a la citada resolución camaral.
Ayer, la máxima instancia constitucional del país declaró “fundado” el recurso presentado contra la decisión camaral.
Por otra parte, la Sentencia Constitucional (SC) 0077/2006 señala que la resolución impugnada “vulnera el derecho a la defensa del afectado”.
El argumento es que se encuentra fuera del sistema constitucional y legal diseñado para la investigación en los juicios de responsabilidades. Además, señala que no se puede atribuir una competencia distinta a la que está establecida en la Constitución Política del Estado y las leyes, a las comisiones legislativas.