Un decreto penaliza y sanciona el tráfico de GLP y otros carburantes La especulación, el mercado negro y el contrabando de combustibles tendrán drásticas sanciones. Se aplicará la Ley 1008 y el Código Penal. Las Fuerzas Armadas, junto a la Policía, tendrán un papel preponderante en el control de las fronteras.
POSESIÓN • El presidente Evo Morales estrecha la mano del general César López. Ocurrió ayer en el Palacio de Gobierno.
Con el propósito de abastecer normalmente de combustibles a la población, el Gobierno emitió ayer el Decreto 29158 que sanciona y penaliza las acciones que permiten la especulación y contrabando del Gas Licuado de Petróleo (GLP) y otros energéticos.
Para hacer cumplir esta norma, el presidente Evo Morales posesionó al general retirado César López como nuevo presidente interino de la Aduana Nacional (ANB). El ex jefe militar reemplaza en el cargo a Marcia Morales.
Según el Poder Ejecutivo, las Fuerzas Armadas, junto a la Policía, tendrán a su cargo los operativos de control en la frontera.
“Lo que harán las Fuerzas Armadas en un período de 90 a 120 días será reforzar los puestos fronterizos y coadyuvar con su equipo, sobre todo con sus hombres, a una adecuada distribución desde que salen las garrafas de la planta hasta el centro de distribución´, explicó el ministro de Defensa, Walker San Miguel.
Pero el decreto no sólo permite la participación de los militares y los policías en las tareas de control del contrabando. El decreto también penaliza con cárcel y sanciones económicas a los traficantes de GLP, gasolina y diesel.
La norma hace referencia a sanciones pecuniarias sobre las comisiones de las empresas que comercializan, transportan y distribuyen combustibles. Y por reincidencia, incluso aplica la suspensión de actividades de las mismas, además de cárcel para quienes incurren en la especulación y el desvío de combustibles para actividades ilícitas.
Uno de los puntos más fuertes está referido a la implementación de la Ley 1008, y los artículos 226 y 208 del Código Penal, para los infractores a las normas establecidas en el decreto, como la prohibición de transportar o comercializar combustibles sin autorización de la Dirección General de Sustancias Controladas.
Entre otros, también se prohíbe la existencia de talleres de conversión de vehículos al uso de GLP como combustible. En este marco, se instruye a la Policía a proceder al decomiso y destrucción de los equipos e instrumentos utilizados para ese propósito.
Por otra parte, las personas que sean sorprendidas cometiendo los delitos tipificados en el decreto, inmediatamente serán remitidas al Ministerio Público para el inicio de acciones legales correspondientes.
Tras la posesión, el presidente Morales pidió a las autoridades responsables en las fronteras, sobre todo con el Perú, mayor responsabilidad y mayor honestidad “porque desde ahora vamos a tener la participación de las Fuerzas Armadas, que van a trabajar en coordinación con la Policía”.
Luego de reconocer que el contrabando es un problema social y económico en las localidades fronterizas, exigió patriotismo a sus pobladores, para evitar de esta manera que continúe la salida ilegal de combustibles.
Por su parte, el general López agradeció la confianza del Mandatario y dijo: ´Pondré toda mi capacidad, mi esfuerzo y mi integridad para tratar de lograr los objetivos que más convenga a Bolivia. Todo esto se logrará con el apoyo de las instituciones encargadas, responsables del control de nuestras aduanas´. Precisamente, ayer se reunieron la Policía, la Aduana, la Superintendencia y las Fuerzas Armadas para elaborar el plan operativo. Se prevé para hoy una última cita de coordinación.
Critican la labor de Morales
Marcia Morales fue alejada de la presidencia de la Aduana Nacional porque no pudo frenar el contrabando de GLP, afirmó ayer el vocero del Palacio de Gobierno, álex Contreras.
´En las normas que tiene la Aduana existe el control. Lamentablemente, nuestra compañera Marcia Morales —con la que no se tiene ninguna observación de hechos de corrupción, de irregularidades— no ha podido lograr ese control´, dijo.
´Ése es el único motivo. (Además), el presidente (Evo Morales) tiene la confianza en la ex presidenta de la Aduana. Sin embargo, se necesita una persona con carácter más fuerte, con carácter de mando, que tenga la capacidad de luchar contra el contrabando, porque es un daño que nos está afectando terriblemente´, sostuvo Contreras al hacer mención al nuevo presidente de la entidad aduanera.
Sobre el particular, el ministro de Hacienda, Luis Arce Catacora, señaló que ´el presidente Evo Morales tiene pensado darle a la ex titular de la Aduana, Marcia Morales, otras funciones´ en la administración pública.
Puntos salientes
Artículo 5 • Toda persona natural o jurídica, pública o privada, o representantes de organizaciones sociales que tengan conocimiento de la comercialización, transporte o tenencia ilegal de GLP en garrafas, diesel oil o gasolinas en almacenes, depósitos, tiendas de abarrotes o casas particulares, tienen la obligación de denunciar dichos actos ante autoridades del Ministerio de Hidrocarburos, Superintendencia de Hidrocarburos, Aduana Nacional, YPFB, Ministerio Público, Fuerzas Armadas de la Nación, Policía Nacional y los Gobiernos Municipales.
Artículo 7 • La Superintendencia de Hidrocarburos asignará áreas y horarios de distribución y comercialización de GLP en garrafas a las empresas distribuidoras respectivas y, cuando corresponda, reasignará dichas áreas.
Artículo 8 • Dentro del plazo perentorio de 15 días calendario, a partir de la publicación del DS, los vehículos de transporte y distribución de GLP en garrafas que hayan sido autorizadas por la Superintendencia de Hidrocarburos, deberán ser pintados en su integridad con el color asignado para el área, sea ésta urbana o provincial.
Artículo 13 • Se considera actividades preparatorias para la comisión de los delitos de contrabando y agio de GLP en garrafas las siguientes actividades: (a) Comercialización de GLP en garrafas a precios diferentes a los fijados por la Superintendencia de Hidrocarburos (SH). (b) Transporte y comercialización de GLP en garrafas por las distribuidoras de GLP, fuera del área y horario establecido por la SH. (c) Entregar, depositar o almacenar GLP en lugares distintos a sus plantas de distribución, autorizadas por la SH. (e) Trasvasijado de GLP de una garrafa a otra o a otro envase diferente, entre otros.