En esta era de globalización en que la competencia entre países por atraer inversiones se ha intensificado, nuestro Gobierno parece empeñado en ahuyentarlas a través de diversas actitudes y medidas, como los repetidos anuncios y desmentidos de nacionalización de la minería, hasta que en febrero pasado se dio la nacionalización de la fundición de estaño de Vinto de la empresa Glencore, cuyo reclamo a través del Gobierno de Suiza está aún pendiente.
En enero de este año el Ministerio de Minería y Metalurgia elaboró un proyecto de ley del nuevo Régimen Impositivo Minero que subía los techos del Impuesto Complementario de la Minería (ICM) al 20%, cuando actualmente fluctúan entre el 5% y el 7%. La violenta oposición de los cooperativistas a este proyecto hizo que el mismo se postergue.
En mayo el Gobierno promulgó el inconstitucional DS 29117 que declara Reserva Fiscal Minera a todo el territorio nacional, otorga a Comibol la facultad de su explotación y administración a través de contratos y delega a Sergeotecmin la prospección y exploración de esta inmensa área. En los contratos Comibol tendría una participación mínima del 51% de las utilidades, lo que desalentará a los potenciales inversionistas. El mínimo avance en la generación de las cartas geológicas en más de medio siglo permite concluir que Sergeotecmin no podrá realizar el trabajo delegado ni aun a mediano plazo.
Este mes el Ministerio de Minería y Metalurgia ha presentado un nuevo proyecto de ley de régimen impositivo, que transforma el ICM en Regalía Minera (RM), crea una alícuota adicional del 12,5% al Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE), aplicable a partir de cotizaciones establecidas que son bajas y en los hechos elimina la acreditación del IUE contra la RM, porque ésta sólo se daría por debajo de dichas cotizaciones establecidas, que se indican (en dólares) para los principales minerales de exportación: zinc: 0,53/LF, plata: 5,55/OT, estaño: 2,90/LF, oro: 400/OT y plomo: 0,30/LF.
Lo que significa que los principales impuestos a pagar serían IUE 25% más alícuota adicional 12,5% más Impuesto a la Remisión de Dividendos 9,4% que igual dan el 46,9% sobre las utilidades, más 5 a 7% de RM sobre el valor bruto de venta, que fácilmente puede significar el equivalente de más de 10 a 14% de las utilidades, de modo que se tributaría aproximadamente un 60% de las utilidades. Si se firma un contrato con Comibol, del 40% restante habría que pagar 20% (la mitad), quedando sólo 20% de utilidades para el inversionista.
La discriminatoria ley recaería prácticamente sólo en la minería mediana que paga el IUE y, paradójicamente, es el único sector que desde hace medio siglo ha realizado inversiones que hicieron posible operar nuevas minas. Luego de la puesta en marcha de los proyectos San Cristóbal y San Bartolomé, podemos olvidarnos de nuevas inversiones mineras porque ¿quién estaría dispuesto a invertir en estas condiciones?
*Jorge Espinoza es ingeniero, fue ministro de Minería.
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