Si no acatan el decreto, las radios perderán su licencia Las emisoras comunitarias deben readecuarse al reglamento aprobado por el Gobierno el 20 de junio. Deben adecuarse en la propiedad del medio, los mensajes que difunden y en su alcance.
Las radios comunitarias que trabajan en el país están obligadas a readecuarse al Decreto Supremo 29174 —referido a la propiedad, a los mensajes que emiten y al alcance que deben tener—, en un plazo de seis meses, de lo contrario sus licencias serán revocadas por la Superintendencia de Telecomunicaciones, confirmó ayer el viceministro de Telecomunicaciones Roy Méndez.
Refiriéndose a estas disposiciones, Méndez explicó que si una radio pierde su licencia, puede iniciar otro trámite, para ser radio comercial, comunitaria (con el reglamento) o cultural.
El nuevo decreto también establece que a nivel de propiedad no pueden ser dueños de radios comunitarias autoridades de los tres poderes del Estado, políticos, dirigentes sindicales y sacerdotes. En relación a contenidos, indica que no pueden emitir mensajes políticos, sino puro material educativo y cultural y de apoyo a la comunidad. En cuanto a su alcance, indican que no debe sobrepasar los límites de su municipio.
El decreto que fue aprobado el 20 de junio de 2007, deja fuera de su alcance a las 30 radios en el área rural que fueron inauguradas por el Gobierno porque, según dijo el director de Comunicación Social del Gobierno, Gastón Núñez, son emisoras “culturales”.
Méndez explicó que es natural establecer “condiciones y requisitos para otorgar licencias a las radios comunitarias, para que se cumplan los objetivos destinados a contribuir al desarrollo social, cultural, educativo de las comunidades, considerando que estas emisoras dejarán de pagar al Estado por la frecuencia que usan”.
En el país hay tres tipos de radios: las comerciales (que pagan el 100% por la frecuencia); las comunitarias (que pagaban el 10% por la frecuencia, además de estar en la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (Amarc); y las culturales o educativas (que no pagan). En Bolivia hay 19 radios comunitarias, según la Superintendencia de Telecomunicaciones.
Méndez hizo mención a la disposición final del citado decreto que en su numeral I dice: “los actuales titulares de radiodifusión Comunitaria que cuenten con licencias vigentes otorgadas conforme a la normativa, adecuarán sus derechos a las disposiciones del presente Reglamento dentro del plazo de seis (6) meses de su vigencia”. El numeral II agrega que las radios comunitarias que no hubiesen iniciado su “trámite de adecuación dentro del plazo establecido, serán revocadas por la Superintendencia de Telecomunicaciones, pudiendo sus titulares iniciar un nuevo trámite”.
El secretario de prensa de la Conferencia Episcopal de Bolivia, José Rivera, dijo que el decreto aún es analizado. La Iglesia tiene radios comunitarias. Sin embargo, el representante del Arzobispado de Santa Cruz, Marcial Chupinagua, dijo el miércoles 27 que con este decreto se estaría coartando la libertad de información.
Muchas de las radios comunitarias en la actualidad tienen un alcance mayor al de su municipio y beneficia a varias comunidades. Según Méndez, el decreto supremo prevé que “en situaciones excepcionales la superintendencia podrá determinar zonas de cobertura mayor”.
Por otra parte, Méndez explicó que, por su carácter no lucrativo, las radios comunitarias hasta ahora podían —para sostenibilidad— lograr ingresos por avisaje, donaciones, proyectos y aportes de la comunidad. La norma actual no especifica la forma en la que podrán financiarse y hace una referencia de manera general.
Cobertura rural es obligatoria
El viceministro de Telecomunicaciones, Roy Méndez, informó que el Decreto Supremo 29174, que reglamenta la provisión de servicios de telecomunicaciones en las áreas rurales, establece la obligación de los operadores a brindar servicios a nivel nacional de telefonía, telecentros rurales e internet.
Esta obligación, explicó, implica que los operadores deberán ofertar y suministrar sus servicios en las localidades rurales comprendidas dentro de su área de concesión a los pobladores que lo soliciten. También implica el establecimiento de control de atención de las solicitudes de las comunidades, vía listas de espera, tarifas reguladas, tarifas únicas para todo el departamento, guías telefónicas rurales, condiciones de funcionamiento de cabinas y telecentros rurales, líneas gratuitas para reclamos, facilidades de cobro revertido en llamadas hacia áreas urbanas y publicidad de tarifas rurales por medio de radio, teléfono e internet.
La norma establece incentivos para los operadores que ya trabajan y para los nuevos inversionistas en el área rural que quieran brindar estos servicios.