Desde hace un tiempo que se ha instaurado “de facto” una instancia de deliberación bajo el denominativo de cabildo. Ahí tenemos el cabildo del millón, el cabildo del millón y medio, el cabildo autonómico, el cabildo de la capitalidad plena, el cabildo de la cochabambinidad, el cabildo de la paceñidad, el cabildo de la cruceñidad, y un largo etc.
Curiosamente, la figura del cabildo no existe en el marco jurídico e institucional, por lo que su existencia está más que cuestionada como mecanismo de deliberación pública y política. Esta institución sigue la huella de los denominados comités cívicos, cuya legitimidad y representatividad es también puesta en duda dado el carácter poco democrático de su propia constitución.
Fueron precisamente los españoles los que dieron en América el nombre de cabildos a las juntas encargadas de deliberar sobre los intereses de las ciudades. Sus miembros se denominaron regidores, concejales o cabildantes, y su presidente Alcalde. En este sentido cuando en el cabildo participaba todo el vecindario se denominaba cabildo abierto. Es así que el cabildo hace referencia al ayuntamiento de una ciudad.
En Bolivia, sin embargo, los cabildos aparecen como una especie de reunión en masa, a la cabeza de autoridades cívicas y departamentales, en los que se presiona al poder central para el logro de objetivos políticos locales o regionales. En este sentido, el cabildo no es más que uno de los mecanismos de presión, utilizando distintos mecanismos públicos y privados, y aprovechando la utilización masiva de ciudadanos que no siempre tienen claro el tema de discusión.
En este sentido el cabildo puede ser fruto, o derivar, en un cabildeo, es decir en una intriga, o una maquinación para conseguir un fin. ¿Qué intereses están por detrás de los distintos cabildos locales y regionales? ¿Quiénes se sienten representados en estos cabildos? ¿Qué fuerza pueden tener en el marco jurídico y legal las decisiones tomadas? Sea la capitalidad plena en La Paz, o El Alto, o el Estatuto Autonómico en Santa Cruz, cuán legítimo es apoyarse en la realización de deliberaciones al margen de la ley para apoyar uno u otro modelo impuesto desde grupos y corporaciones de poder, de élite y de influencia económica.
En algunos casos, incluso el cabildo se lo coloca en paralelo al poder del Estado, como si se tratara de un espacio al margen del ordenamiento constitucional. Esta dinámica puede encerrar un sin número de peligros, si se comienza a legislar en base a presiones ideológico-regionales sin una verdadera participación ciudadana. Una vez más estamos delante de mecanismos que pueden acabar minando la propia democracia.
*René Cardozo es sacerdote jesuita y diplomado del Instituto de Estudios Políticos de París.
La intención de la capitalidad
Todos saben que el tema capitalidad no estaba en discusión en ninguna de las agendas ni de los movimientos sociales del 17 de octubre de 2003 ni de los movimientos autonómicos del 22 de junio de 2004 propugnado por Santa Cruz.
¿Y si fuera verdad?
¿Qué pasaría si fuera verdad que la subida de los precios de ciertos alimentos en el mundo fuera la consecuencia de una nueva tendencia energética que parece irreversible por los próximos 30 a 50 años