El Gobierno regula el catastro y el traslado de ganado Con un decreto restituyó facultades delegadas a los ganaderos. Este sector rechaza la medida.Con un decreto restituyó facultades delegadas a los ganaderos. Este sector rechaza la medida.
El Gobierno emitió el Decreto Supremo 29251 mediante el cual recupera el control del movimiento y traslado de ganado e instruye la elaboración de un catastro ganadero que será el único instrumento para probar la propiedad de los rebaños.
La información la dio ayer la ministra de Desarrollo Rural y Agropecuario, Susana Rivero, cuyo anuncio fue rechazado por los ganaderos, pues consideran que el Ejecutivo utilizará la norma para controlar el proceso de saneamiento de tierras.
Rivero explicó que a partir de la fecha el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria (Senasag) administrará otra vez las guías de movimiento de animales, instrumentos que el ex presidente Eduardo Rodríguez (2005-2006) traspasó a los ganaderos.
Esas atribuciones “les fueron quitadas de forma irregular”, aseguró. La ministra arguyó que el decreto pretende mejorar el control de sanidad para prevenir nuevos casos de aftosa y evitar el abigeato o robo de ganado.
“Para transportar animales de una provincia a otra, e incluso a nivel interdepartamental, es requisito indispensable portar la guía de movimiento, que certifique la propiedad de estos animales y su condición sanitaria”.
El año pasado, el Gobierno denunció que los ganaderos poseían “vacas turistas”, o sea que el ganado era trasladado de una hacienda a otra, sin control, para justificar la propiedad de tierras.
Sobre el registro, Rivera dijo que para “apoyar la lucha contra el abigeato, estamos instituyendo el catastro ganadero para las marcas, sellos y señales, los únicos requisitos para probar la propiedad de los animales”.
Carmelo Arteaga, gerente General de la Federación de Ganaderos de Beni y Pando (Fegabeni), señaló que esta es otra muestra de la política totalitarista del Gobierno y aseguró que el objetivo “es usarla para el saneamiento de propiedades agrarias; al tener el control de registros de marca va a poder usarlos a su gusto, para llevar adelante los procesos de reversión de tierras”.
Añadió que analizan los instrumentos legales para revertir el decreto pues le Ley 80 les confiere el manejo del catastro.
SOBRE LA NORMA
Catastro • El decreto autoriza a los municipios a levantar las marcas, sellos y registros existentes en los hatos ganaderos, en coordinación con productores y campesinos, en 30 días.
Traslado • Las guías de traslado deben contener los nombres de la propiedad y los propietarios, así como origen y destino de los rebaños (especificar).