Por democracia comunal comprendemos que el poder o la decisión no están centrados en el individuo o en grupos de personas, o sea, el individuo o el grupo no tienen poder en sí mismos, como ocurre en el sistema de la democracia representativa; sino se la ejerce mediante una deliberación colectiva como es en la asamblea, junta comunal, cabildo u otros. En este sentido, la soberanía social no se delega, sino que se ejerce directamente. No se parte de un hecho contractual de entrega (e hipoteca) de la voluntad individual, sino que los mecanismos de gestión del asunto común se construyen a partir de los acuerdos entre sujetos concretos que comparten actividades y destinos.
Dentro de la democracia comunal también existe la representación, pero la diferencia es que aquí el representante no es quien monopoliza ni automatiza la capacidad de decisión, sino que el representante sólo es portavoz o el operador de la decisión colectiva y el encargado de coordinar con otros entes exteriores para el cumplimiento de objetivos acordados en dicha deliberación, en ese sentido, el poder que tiene sólo la reencarnación del poder colectivo.
De aquí se puede concluir dos resultados prácticos; el primero es el hecho de que la decisión es ejercida por la colectividad mediante una deliberación colectiva cualquiera que sea sus formas y se constituye en la máxima instancia de poder. Con la conquista española todas las deliberaciones colectivas de las sociedades indígenas han sido reducidas a una pequeña comunidad o a un barrio pequeño en las ciudades, ya que antes las unidades deliberantes eran constituidas por 150.000 a 500.000 almas (ver Guaman Poma de Ayala), esos eran los antiguos ayllus que abarcaban extensiones territoriales muy grandes. Hoy en época moderna y como propuesta para Bolivia dichas unidades de deliberación serían las circunscripciones electorales y se constituirían en unidades deliberantes como máximas instancias de decisión.
El segundo factor de la forma comunal de la política es el hecho de que los representantes no son elegidos mediante competencia de partidos, sino de manera directa y cada sociedad tiene sus particulares formas de elección y éstas además sólo son portadores o son las que operativizan la decisión de la colectividad. Aquí con justa razón los indígenas urbanos y rurales en Bolivia reclaman que sus representantes a nivel nacional (diputados) departamental (consejeros) y municipal (concejales) sean elegidos no mediante partidos políticos, agrupaciones ciudadanas o indígenas, sino bajo sus prácticas y formas directas que tienen establecidas históricamente.
La propuesta es que esta forma de práctica política comunal sea una norma universal, significa que en las ciudades las unidades deliberantes serían los distritos municipales que aglutinan varias zonas o barrios y los representantes a cualquiera de las instancias serían elegidos mediante turno y rotación, y no mediante partidos políticos. Evidentemente, esto significa el fin del liberalismo político o de la democracia representativa y que a la larga se haría una cultura política universal ya no sólo válida para las sociedades indígenas, sino para la humanidad entera. En ese momento la política será de verdad una acción de servicio.
*Félix Patzi es sociólogo, fue ministro de Educación (2006 - 2007).
El interés general
Los acontecimientos políticos y sociales ocurridos en las últimas semanas han demostrado la gran dificultad para llegar a establecer lo que constituye el interés general.
No más excusas...
Más allá de la vicisitud derivada de mi maleta extraviada, y su tardía recuperación con nueve agujeros provocados por un misterioso punzón aplicado entre La Paz-Lima-Buenos Aires-Madrid (TACA-IBERIA)