La wiphala y la reversión de los lotes aún no encuentran consenso DESACUERDOS • Dos artículos pasaron al Comité de Concordancia y Estilo. Los demás fueron aprobados por dos tercios y, en algunos casos, por unanimidad. La edad para votar será 18 años y ya no se restringirá la inversión en medios.
LLEGADA A PIE • Los constituyentes tuvieron que caminar una cuadra para arribar al Centro de Convenciones de la UTO.
Sólo dos de los 147 artículos aprobados en detalle del texto constitucional esta madrugada no hallaron consenso. Uno de ellos se refiere a la declaratoria de la wiphala como símbolo nacional y el otro tiene que ver con la sorpresiva inclusión de un artículo referido a la reversión al Estado de terrenos urbanos que no están siendo usados.
Estos dos artículos polémicos fueron diferidos al Comité de Concordancia y Estilo.
En cambio, se lograron acuerdos para establecer la edad mínima para votar en 18 años y no en 16, como se lo había propuesto el oficialista MAS en el texto aprobado en grande el pasado sábado 24 de noviembre.
El otro artículo donde hubo un retroceso de parte del oficialismo es el referido a los medios de comunicación. Ya no se restringirán las inversiones privadas y públicas en ese rubro, como había propuesto el MAS.
En el caso de los artículos diferidos al Comité, serán revisados por todos los partidos que conforman el mismo.
“Esto no implica que sean aprobados, ni rechazados. En la Comisión de Concordancia se buscará consensos y luego pasarán a la plenaria para volver a ser considerados en la etapa en revisión”, explicó el constituyente Carlos Romero (MAS).
Si en esa instancia no se logra los dos tercios de votos de los presentes, dichos artículos van al referéndum dirimitorio.
El constituyente Saúl Ávalos (MAS) durante la sesión afirmó que la incorporación de la reversión de las tierras urbanas que no tienen edificaciones, hecha por el Comité de Concordancia y Estilo, tiene una contradicción con el respeto a la propiedad privada que se plantea en el texto constitucional, por lo que pidió que se anule esa modificación.
La propuesta fue respaldada por otros asambleístas y no se logró los dos tercios que se requerían para su aprobación, tal como ocurrió con el artículo referido a los símbolos patrios.
Varios artículos de la primera parte de la Constitución fueron aprobados por unanimidad, principalmente los que se refieren a los derechos y garantías.
Varios artículos aprobados en grande fueron modificados en su estación en detalle.
Modelo de Estado
Texto aprobado en grande • Bolivia se constituye en un Estado Unitario Plurinacional, Comunitario, Social de Derecho, libre, descentralizado y autonómico, independiente, soberano, democrático e intercultural. Se funda en la pluralidad y el pluralis- mo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país.
Aprobado en detalle • Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional, Comunitario, libre, autonómico y descentralizado. (Se agrega el anterior texto).
Religión
Texto aprobado en grande • El Estado respeta y garantiza la libertad de religión y creencias espirituales de acuerdo a sus cosmovisiones y la independencia del Estado con la religión.
Aprobado en detalle • Se realiza un cambio que señala: El Estado respeta y garantiza la libertad de religión y creencias espirituales de acuerdo a sus cosmovisiones. Se establece la independencia del Estado con la religión. El texto no fue observado por los asambleístas que sólo hicieron observaciones en el tema de la educación religiosa. (Aprobado).
Trabajo infantil
Texto aprobado en grande • 1: “Se prohíbe y sanciona toda forma de violencia contra las niñas y niños adolescentes, tanto en la familia como en la sociedad”. 2: “Se prohíbe el trabajo infantil”.
Aprobado en detalle • El numeral 1 se queda como está, el 2 se aprueba como sigue: “Se prohíbe el trabajo forzado y la explotación infantil, las actividades que realicen los niños, niñas y adolescentes en el marco familiar y social estarán orientados a su formación integral como ciudadanos y tendrán una función formativa. Sus derechos serán objeto de regulación”.
Educación
Texto aprobado en grande • La educación será unitaria, fiscal, pública, universal, democrática, participativa, comunitaria, descolonizadora y de calidad.
Aprobado en detalle • 1. La educación constituye una función suprema y primera responsabilidad financiera del Estado, que tienen la obligación indeclinable de sostenerla, garantizarla y gestionarla. 2. El Estado y la sociedad tienen tuición plena sobre el sistema educativo plurinacional que comprende la educación regular, la alternativa, la especial y la educación superior de formación profesional.
Propiedad
Texto aprobado en grande • Toda persona tiene derecho a la propiedad privada, individual o colectiva, siempre que ésta cumpla una función social.
Se garantiza la propiedad privada, siempre que el uso que se haga de ella no sea perjudicial al interés colectivo.
Aprobado en detalle • Se mantiene la redacción del texto aprobado en grande. Pero además, el Comité incorpora un nuevo parágrafo a este artículo que señala: “Se garantiza el derecho a la sucesión hereditaria a la propiedad privada”.
Medios
Texto aprobado en grande • Contempla cinco parágrafos, el que rechazaron los medios es el siguiente: “La ley limitará las inversiones públicas o privadas, bolivianas o extranjeras, en los medios de comunicación cuando atenten contra los intereses generales.
Aprobado en detalle • Se elimina ese parágrafo y se mantienen los otros cuatro que hacen referencia al rol de los medios de comunicación, la prohibición para conformar directa o indirectamente monopolios u oligopolios.
Sufragio
Texto aprobado en grande • El sufragio, mediante voto igual, universal, directo, individual, secreto, libre y obligatorio escrutado públicamente. El derecho al sufragio se ejercerá por las personas que tengan 16 años cumplidos. La edad necesaria para presentarse a candidaturas públicas será de 18 años.
Aprobado en detalle • El sufragio, mediante voto igual, universal, directo, individual, secreto, libre y obligatorio escrutado públicamente. El derecho al sufragio se ejercerá por las personas que tengan 18 años cumplidos. (Este nuevo texto fue aprobado)
Bachillerato
Texto aprobado en grande • La educación se constituye como una función suprema y primera responsabilidad financiera del Estado, que tiene la obligación indeclinable de sostenerla, garantizarla y gestionarla.
Aprobado en detalle • El texto anterior se mantiene y se incorpora estos nuevos elementos: La educación es obligatoria hasta el bachillerato. La educación fiscal es gratuita hasta el nivel superior. A la culminación de los estudios del nivel secundario, se otorgará el diploma de bachiller con carácter gratuito e inmediato.
Símbolos patrios
Texto aprobado en grande • El artículo 6 señala que: los símbolos del Estado son la bandera tricolor rojo, amarillo y verde; el himno boliviano; la wiphala; el escudo de armas; la escarapela; la flor de la kantuta y la flor de patujú.
Artículo diferido • El artículo 6 señala que: los símbolos del Estado son la bandera tricolor rojo, amarillo y verde; el himno boliviano; el escudo de armas; la wiphala; la escarapela; la flor de la kantuta y la flor de patujú. Los constituyentes debatieron el orden de los símbolos y, al no haber acuerdo, pasó a una comisión de concertación.
Vivienda
Texto aprobado en grande • El Estado promoverá planes de vivienda de interés social, mediante sistemas adecuados de financiamiento, en base a principios de solidaridad y equidad. Los planes se destinarán a familias de escasos recursos en el área rural.
Artículo diferido • Se adhiere: En el radio urbano, los propietarios no podrán poseer suelos no edificados y que no cumplan función social en la superficie fijada por ley. Las superficies excedentes serán expropiadas y destinadas a la construcción de viviendas de interés social.