Una vez que sea aprobado en un referéndum ratificatorio el nuevo texto constitucional, el país ingresará de inmediato a un proceso electoral para renovar en los próximos 120 días a los representantes de los órganos Ejecutivo y Legislativo, en el que podrán participar las actuales autoridades, porque no se cuenta su actual mandato. Además, se dará curso a la reelección continua por dos períodos constitucionales.
La Asamblea Constituyente decidió ayer en sus disposiciones transitorias dejar en manos del Congreso Nacional, por única vez, la modificación del régimen electoral, para permitir una nueva elección de sus miembros.
En el caso de la Asamblea Legislativa que tiene modificaciones en su conformación, los cambios se implementarán desde el subsiguiente período constitucional (quizás el 2014).
Otra modificación importante en el texto constitucional es la reelección. La actual Constitución Política del Estado permite la reelección pero de forma discontinua. En cambio, la reforma señala que: “El período de mandato de la Presidenta o Presidente y de la Vicepresidenta o Vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas y reelectos de manera continua por una sola vez”.
Además, el texto incorpora la segunda vuelta electoral para Presidente y Vicepresidente, si es que ningún candidato hubiera obtenido el 50 % más uno de los votos válidos; o que haya obtenido un mínimo del 40% de los votos válidos, con una diferencia de al menos 10% en relación a la segunda candidatura. La segunda vuelta electoral será entre los dos más votados, ganará el que tenga mayoría simple de los votos.
Transitorias
Otras instituciones • La Asamblea Legislativa en un plazo máximo de 180 días, a partir de su instalación, debe sancionar las leyes del Consejo Plurinacional Electoral, del Régimen Electoral, de la Función Judicial, del Tribunal Constitucional Plurinacional y el marco de las autonomías y descentralización.
Renovación • En un plazo máximo de 120 días, después de la aprobación de las leyes determinadas en la disposición anterior, se procederá a la elección del resto de cargos públicos determinados en la Constitución. Esta elección será organizada por las nuevas autoridades del Consejo Electoral. Durante la renovación se mantiene la regulación actual.