La nueva Constitución Política del Estado aprobada hasta la mañana de ayer tiene 411 artículos divididos en cinco partes con 50 capítulos, distribuidos en 96 páginas. En este cuadro se presentan algunos de los planteamientos, entre ellos recursos naturales, el tema marítimo, la salud, la educación, los medios de comunicación, el sufragio y otros descritos a continuación.
TEMA MARÍTIMO
Actual No menciona el tema marítimo.
Nuevo Posee dos artículos. El Estado boliviano declara su derecho irrenunciable e imprescriptible sobre el territorio que le dé acceso al océano Pacífico y su espacio marítimo. La solución efectiva al diferendo marítimo a través de medios pacíficos, y el ejercicio pleno de la soberanía sobre dicho territorio, constituyen objetivos permanentes e irrenunciables del Estado boliviano. El desarrollo de los intereses marítimos, fluviales y lacustres, y de la marina mercante, será prioridad del Estado y su administración y protección será ejercida por la Armada Boliviana, de acuerdo a la ley.
EDUCACIÓN
Actual El tema está mencionado en dos artículos. Uno indica que dentro de los deberes de los bolivianos está el recibir instrucción y adquirir cultura. Otro dice que el derecho de una persona es adquirir instrucción por lo menos primaria.
Nuevo La educación es obligatoria hasta el bachillerato. Otro punto indica que la educación fiscal es gratuita hasta el nivel superior. Un tercero explica que la otorgación del diploma de bachiller será de carácter gratuito e inmediato. El artículo 97 garantiza la inamovilidad del personal docente, conforme a la ley. La educación también fomentará valores éticos y morales.
DERECHO AL VOTO
Actual En el régimen electoral señala que son electores los bolivianos mayores de 18 años sin importar su grado de instrucción ni su ocupación. El único requisito es la inscripción obligatoria en el Registro electoral. Los extranjeros pueden votar en elecciones municipales, de acuerdo a las condiciones que establezca la ley.
Nuevo Se encuentra dentro de la sección de derechos políticos. Dice que el derecho al sufragio se ejerce desde los 18 años cumplidos. Las extranjeras y los extranjeros residentes en Bolivia tienen derecho a sufragar en las elecciones municipales, conforme a ley, aplicando los principios de reciprocidad internacional.
CONTROL SOCIAL
Actual No menciona el tema.
Nuevo En el artículo 242 indica que el pueblo soberano, por medio de la sociedad civil organizada, participará en la toma de decisiones de las políticas públicas. La sociedad civil organizada ejercerá el control social a la gestión pública en todos los niveles del Estado y en empresas públicas, mixtas y privadas que administren recursos fiscales o presten servicios públicos. La sociedad civil establecerá sus propias normas para cumplir con sus funciones. Tendrá la facultad de denunciar e instruir a las instituciones correspondientes para investigar y procesar en los casos que sea necesario.
HIDROCARBUROS
Actual Los yacimientos de hidrocarburos, cualquiera sea el estado en el que se encuentren, son del dominio directo del Estado. La exploración, explotación, comercialización y transporte le corresponden.
Nuevo Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos es una empresa autárquica, de derecho público, con autonomía de gestión. La explotación, consumo y comercialización deberán sujetarse a una política de desarrollo que garantice el consumo interno. Los departamentos productores percibirán una regalía del 11% de su producción.
MEDIOS DE COMUNICACIÓN
Actual El artículo siete de la Carta Magna expresa que toda persona tiene los siguientes derechos fundamentales, conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio: A emitir libremente sus ideas y opiniones por cualquier medio de difusión.
Nuevo El artículo 107 menciona que el Estado garantiza el derecho a la libertad de expresión, opinión y de información, a la rectificación y a la réplica y el derecho a emitir libremente las ideas por cualquier medio de difusión sin censura previa. Además, reconoce la cláusula de conciencia de los trabajadores de la información. El artículo siguiente asevera que los medios de comunicación no podrán conformar, de manera directa o indirecta, monopolios u oligopolios. Otro punto explica que el Estado apoyará en la creación de medios de comunicación comunitarios.
RECURSOS NATURALES
Actual Son de dominio originario del Estado el suelo y el subsuelo con todas sus riquezas naturales, las aguas lacustres, fluviales y medicinales, así como elementos y fuerzas físicas que pueden aprovecharse. Lo mismo sucede con los grupos mineros, no pudiendo ser transferidos o adjudicados en propiedad a empresas privadas. Incluye también a los hidrocarburos y al desarrollo de la energía nuclear.
Nuevo Los recursos naturales son de propiedad y dominio directo, indivisible e imprescriptible del pueblo boliviano, así como derechos de uso y aprovechamiento sobre otros recursos naturales. El Estado, a través de entidades públicas, sociales o comunitarias, asumirá el control y dirección sobre la exploración, explotación, industrialización, transporte y comercialización de los recursos naturales.
PROPIEDAD PRIVADA
Actual El artículo 22 garantiza la propiedad privada siempre que el uso que se haga de ella no sea perjudicial al interés colectivo. La expropiación se impone cuando la propiedad no cumple una función social.
Nuevo Toda persona tiene derecho a la propiedad privada, individual o colectiva, siempre que tenga una función social. Garantiza la propiedad privada siempre que su uso no sea perjudicial al interés colectivo, además de la sucesión hereditaria. Un segundo artículo permite la expropiación de una propiedad, previa indemnización justa, por necesidad pública o porque no se cumple una función social.
TRABAJO Y EMPLEO
Actual El Estado creará condiciones para garantizar la estabilidad laboral y la libre asociación patronal. Reconoce y garantiza la sindicalización y el fuero sindical, no pudiendo sus dirigentes ser perseguidos ni presos. Establece también el derecho a la huelga, previo cumplimiento de las formalidades legales.
Nuevo En cuanto al fuero sindical, los dirigentes no podrán ser despedidos hasta un año después de la finalización de su gestión y no se les disminuirán sus derechos sociales. Se garantiza el derecho a la huelga. Los trabajadores podrán reactivar y reorganizar empresas en proceso de quiebra, en defensa de sus trabajos.
SEGURIDAD SOCIAL
Actual El régimen social se inspirará en los principios de universalidad, solidaridad, unidad de gestión, economía, oportunidad y eficacia, cubriendo las contingencias de enfermedad, maternidad, riesgos profesionales, invalidez y muerte.
Nuevo Todas las bolivianas y los bolivianos tienen derecho a la seguridad social con carácter gratuito. El régimen de seguridad social cubre atención por enfermedad, epidemias y enfermedades catastróficas; maternidad y paternidad; riesgos profesionales, laborales y riesgos por labores de campo; discapacidad y necesidades especiales; desempleo...
SALUD
Actual Es un derecho fundamental la vida, la salud y la seguridad, según el artículo siete.
Nuevo El sistema de salud es único e incluye a la medicina tradicional de los pueblos y naciones indígenas originarias y campesinas. Por ley regulará, vigilará y controlará el ejercicio de los servicios públicos y privados de salud. (Art. 36) Castigará las acciones u omisiones negligentes en el ejercicio de la práctica médica. (Art. 39). Garantizará el servicio de salud público y privado y el acceso al seguro universal de salud. La ley regulará también el ejercicio de la medicina tradicional y garantizará la calidad de su servicio.
RECURSOS HÍDRICOS
Actual La Carta Magna reconoce como bienes nacionales a las aguas lacustres, fluviales y medicinales.
Nuevo El agua constituye un derecho fundamentalísimo para la vida, en el marco de la soberanía del pueblo. El Estado protegerá y garantizará el uso prioritario del agua para la vida. Resguardará permanentemente las aguas transfronterizas para la conservación de la riqueza hídrica. El Estado regulará el manejo y gestión sustentable de los recursos hídricos respetando los usos y costumbres de las organizaciones indígenas, originarias y campesinas.