Además de vulneraciones a la Ley de convocatoria a la Asamblea Constituyente, la oposición identificó al menos seis violaciones claras al Reglamento de Debates, aunque calcula que éstas superarían las 14 en total.
En una consulta realizada ayer por La Razón a varios constituyentes, éstos coincidieron en identificar la violación de los artículos 10, 55, 61, 70, 74 y un capítulo de las normas transitorias.
No obstante, el asambleísta de Podemos Antonio Aruquipa identificó 10 violaciones, al margen de una resolución que aprobó el oficialismo abriendo la posibilidad de que el texto final se apruebe con dos tercios de voto de los presentes, cuando la Ley de convocatoria señala que debería ser por 2/3 del total.
“Han sustituido una ley por una resolución”, coincidió el constituyente Ricardo Pol (UN). “Estoy indignado por el atropello y la manera antidemocrática con la que actúa el presidente Evo Morales y su partido”, opinó por su parte el senador Fernando Messmer, de Podemos.
Seis violaciones al Reglamento de Debates identificadas por la oposición
Aunque las fuerzas de la oposición aseguran que se violaron más de una decena de artículos del Reglamento de Debates parta aprobar el texto constitucional elaborado por el oficialismo, La Razón identifica seis de ellos. La oposición dice que también se violó la Ley de convocatoria.
Las convocatorias no respetaron el artículo 10
El artículo 10 del Reglamento de Debates, inciso “c”, señala que es atribución de la directiva “elaborar el orden del día de la sesión, que deberá ser publicado con veinticuatro horas de anticipación a la plenaria”. El “e” define que debe “coordinar el cronograma de trabajo... en consulta con las representaciones departamentales y políticas”.
En el caso de la plenaria del 23 de noviembre (Sucre), la directiva cambió el orden del día sin haber consultado a los jefes de bancada ni a los de las brigadas regionales. El 8 de diciembre, para la plenaria que se realizó en Oruro, la convocatoria fue anunciada a la una de la mañana por un funcionario de prensa, y la convocatoria se publicó 10 horas antes.
No se respetó el art. 55 para la distribución de documentos
El artículo 55 del Reglamento de Debates de la Asamblea Constituyente establece que “La distribución de documentos, cuya impresión hubiere sido decretada por la plenaria o las comisiones, se efectuará por lo menos veinticuatro horas antes de su tratamiento, a excepción de los casos de urgencia, los que serán definidos y anunciados por la directiva”.
En las plenarias del 23 y 24 de noviembre, el texto constitucional aprobado en grande no fue distribuido ni regularmente ni con carácter de urgencia a los asambleístas. El senador Santos Ramírez (MAS) llegó a decir que la única copia la tenía la presidenta Silvia Lazarte. En Oruro, el texto de 100 páginas fue distribuido al instalar la sesión.
La conformación de una comisión oficialista viola el artículo 70
El inciso “d” del artículo 70 del Reglamento establece que los artículos en los que no hubiera consenso en los informes de las comisiones, pasarán para su evaluación a la Comisión de Concertación, integrada por la directiva, representantes de las 21 bancadas de constituyentes y los presidentes de las comisiones que hubieran tratado el tema en específico.
En el caso de la plenaria en Sucre, la aprobación del texto en grande se sustentó en una lectura inconclusa del texto constitucional, lo que no permitió identificar temas en disenso. En la plenaria de Oruro, el oficialismo y sus aliados decidieron conformar una comisión extraordinaria para realizar los ajustes, organismo que sólo estará conformado por los asistentes a esa cuestionada sesión.
El artículo 74 también fue vulnerado
El artículo 74 establece: “Recibidos los informes de las comisiones, la plenaria de la Asamblea tratará la propuesta del texto de la Nueva Constitución Política de acuerdo al Art. 70 del presente Reglamento. El texto final de la nueva Constitución remitido por la Comisión de Concordancia será impreso y distribuido a las y los constituyentes al menos cinco días antes de su tratamiento en la plenaria”.
Para la aprobación en detalle, los asambleístas recibieron el texto (100 páginas) al ingresar al pleno y casi de inmediato comenzaron con la aprobación. Luego, delegaron a una comisión especial, que estará integrada por oficialistas y sus aliados, la responsabilidad de todos los ajustes al texto constitucional antes de convocar al referéndum dirimitorio sobre un tema.
El debate fue limitado y se vulneró el art. 61
El artículo 61 define que para las deliberaciones de la plenaria se habilitará en la Primera Secretaría una lista de oradores con el llenado de formularios especiales y que se definirá por sorteo el rol de oradores, en una primera vuelta por representantes de bancadas y brigadas de constituyentes y en una segunda para quienes no hayan hablado.
La lista no fue elaborada ni en el caso de las plenarias realizadas en Sucre ni en la que se desarrolló en Oruro. Contrariamente, el espacio para el debate fue limitado al máximo, al extremo de que los artículos del texto constitucional se aprobaron en grande sin siquiera haberse concluido su lectura, y en el caso de la etapa en detalle, se lo hizo por bloques y no por artículo.
Las disposiciones transitorias también fueron vulneradas
El capítulo 1 señala que los constituyentes, con el apoyo de otros quince, las bancadas y las brigadas, podrán presentar a la directiva de la Asamblea propuestas de reforma del Reglamento. “En este caso, la directiva convocará a una sesión de plenaria con anticipación de por lo menos 62 horas para su correspondiente tratamiento y aprobación con el voto...”
El 23 de noviembre, la directiva de la Constituyente y los asambleístas decidieron en minutos modificar el Reglamento de Debates. Entre otras cosas, redujeron al mínimo los tiempos necesarios para la aprobación en grande del texto constitucional y autorizaron a la presidenta de la Constituyente, Silvia Lazarte, a trasladar el foro fuera de Sucre.