Dos modelos de Estado chocan en el proyecto de la nueva CPE Un modelo indígena comunitario con otro occidental liberal están a momentos enfrentados y a veces sobrepuestos en el proyecto de la nueva Constitución. Un problema de fondo, dicen los constitucionalistas, que puede paralizar el país.
INDÍGENAS • Un grupo de originarios que viajó a Sucre para defender la permanencia de la Constituyente.
Dos visiones de país —como de alguna manera sucede con el caldeado ámbito político— coexisten en el todavía proyecto de Constitución Política, aprobado en detalle el fin de semana.
Por un lado, un modelo indígena-comunitario, que puede decirse es transversal a todo el documento, y que expresa la tendencia del partido gobernante. Y, por otro, un modelo occidental-liberal, fuente de inspiración del texto constitucional vigente.
Esta coexistencia de modelos, empero, no debiera representar mayor problema si ambos fueran complementarios, lo que en los hechos no sucede, advierte el constitucionalista Carlos Alarcón. Un ejemplo de ello —dice— son los artículos referidos a la justicia comunitaria y la justicia formal, o los tipos de autonomías —municipal, indígena, departamental y regional— en los que ya hubo escenarios contrapuestos.
El resultado de esta sobreposición de modelos —como la entiende Alarcón— es un país paralizado, ya que defensores de uno y otro intentarán jalar por su lado, en una suerte de “guerra“ de interpretaciones que no conducirán a ninguna parte.
“Algo así como un automóvil con dos motores: con uno se intenta avanzar y con otro retroceder”, ejemplifica el abogado.
La prueba de que ambas visiones están presentes son los dos primeros artículos del mencionado proyecto de Constitución: en el primero se menciona a un “Estado Unitario Plurinacional Comunitario Social de Derecho, libre, descentralizado, autonómico, independiente, soberano, democrático e intercultural...” Y en el segundo se aclara que “dada la existencia precolonial de las naciones y pueblos indígenas, originarios campesinos y su dominio ancestral sobre sus territorios, se garantiza su libre determinación en el marco del Estado, que consiste en su derecho a la autonomía, al autogobierno, a su cultura, al reconocimiento de sus instituciones y consolidación de sus entidades territoriales, conforme a esta Constitución y la ley”.
Desde luego, al ser un proyecto impulsado esencialmente por el oficialismo, la tendencia de sobreponer lo indígena-comunitario a lo occidental-liberal es manifiesta en más de un artículo.
Los ejemplos son varios: la relación entre derechos individuales y colectivos, la consulta previa obligatoria respecto a la explotación de los recursos naturales, la titulación colectiva de tierras y territorio, el respeto a la medicina tradicional, a sus idiomas, sus rituales, sus símbolos y vestimentas. Y en realidad los 18 puntos de los derechos de las naciones y pueblos indígena originarios y campesinos.
Se incluye dentro de estos derechos al pueblo afro boliviano, aunque en un mención particular en un artículo posterior.
A decir de Alarcón, podía conjugarse mejor ambas visiones si, por ejemplo, se anteponían los valores universales que garantizan la unidad del Estado y se ubican en segundo plano los valores que hacen a la diversidad.
“Así se complementaban ambas ideas y conjugaba unidad con diversidad”, concluye.
Modelo de Estado y visión de país
Constitución vigente
Bolivia, libre, independiente, soberana, multiétnica y pluricultural constituida en República Unitaria, adopta para su gobierno la forma democrática representativa y participativa, fundada en la unión y la solidaridad de todos los bolivianos (primer apartado del artículo 1)
Proyecto de Constitución
Bolivia se constituye en un Estado Unitario Plurinacional Comunitario Social de Derecho, libre, descentralizado, autonómico, independiente, soberano, democrático e intercultural. Se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país.
Principios y sistema de Gobierno
Vigente
Bolivia “es un Estado Social y Democrático de Derecho que sostiene como valores superiores de su ordenamiento jurídico, la libertad, la igualdad y la justicia.... La soberanía reside en el pueblo; es inalienable e imprescriptible; su ejercicio está delegado a los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial. La independencia y coordinación de estos poderes es la base del gobierno...” (artículos 1 y 2).
Proyecto
“El Estado asume y promueve como principios ético-morales de la sociedad plural: ama qhilla, ama llulla, ama suwa (no seas flojo, no seas mentiroso, ni seas ladrón), suma qamaña (vivir bien), ñandereko (vida armoniosa), teko kavi (vida buena), ivi maraei (tierra sin mal) y qhapajñan (camino o vida noble). El Estado se sustenta en los valores de unidad, igualdad, inclusión, dignidad, libertad... (artículo 8).
Vigente
“El pueblo delibera y gobierna por medio de sus representantes y mediante la Asamblea Constituyente, la iniciativa Legislativa Ciudadana y el Referéndum, establecidos por esta Constitución y normados por ley... Toda fuerza armada o reunión de personas que se atribuya la soberanía del pueblo comete delito de sedición” (artículo 4, apartados I y II).
Proyecto “La democracia se ejerce de las siguientes formas, que serán desarrolladas por la ley: 1.- Directa y participativa, por medio del referendo, la iniciativa legislativa ciudadana, la revocatoria de mandato, la asamblea, el cabildo y la consulta previa, entre otros... 2.- Representativa, por medio de la elección de representantes... 3.- Comunitaria “..., propia de naciones indígenas (artículo 11).