Las minorías no tendrán opción en la elección de los diputados Los miembros de la Cámara Baja serán uninominales. Una ley establecerá cuántos senadores se eligen por mayoría y minoría.
CONGRESO • Una toma de la sesión de Congreso en la que se posesionó al actual presidente, Evo Morales.
El texto de la Constitución Política del Estado aprobado en detalle por el oficialismo elimina la representación de las minorías en la elección de los diputados, ya que todos serán uninominales.
Con la Constitución vigente, a cada departamento le corresponde un número de diputados, proporcional a su población, por lo que la Cámara de Diputados debe estar conformada por 130 miembros, mientras que con el texto aprobado en detalle el domingo se deberán elegir sólo 121 y todos por voto directo en cada circunscripción.
El cambio fundamental es que se eliminan a los candidatos del partido político que llegan mediante una lista para la elección, los mismos que en el sistema actual ganan al obtener la simple mayoría de votos. Es decir que con las modificaciones, la elección de diputados se desligaría de la elección presidencial.
“Sólo diputados uninominales, es el absurdo más grande, porque se elimina la representación de las minorías. En algún momento hicimos el ejercicio, y si todos hubieran sido uninominales, el MAS no hubiera tenido parlamentarios en las anteriores elecciones”, observó ayer el jefe de Unidad Nacional, Samuel Doria Medina.
Actualmente se eligen 68 de los 130 diputados en circunscripciones uninominales por simple mayoría de votos y el resto de los diputados se eligen en las 9 circunscripciones plurinominales
departamentales, en listas encabezadas por los candidatos a
Presidente, Vicepresidente y senadores de la República, según el sistema proporcional y de acuerdo a los resultados obtenidos por cada partido en las elecciones.
Con el texto aprobado en detalle por el MAS, ahora serán eliminados los últimos. “Es una paradoja hablar de inclusión y que se eliminen a las minorías”, afirmó el asambleísta Doria Medina.
En cambio, para la elección de senadores se establece que será mediante circunscripción plurinominal, lo que implica que existirá una lista de cuatro nombres, aunque no queda claro cuántos serán elegidos por mayoría y cuántos por minoría.
La elección vigente de senadores se da de la siguiente forma: dos por la primera mayoría y uno por la primera minoría; esta selección se realiza de acuerdo a los resultados electorales obtenidos por los partidos políticos en cada circunscripción departamental.
Los cambios implicarían que se elija mediante un sistema de representación proporcional, que implica que la cantidad de senadores será mas o menos equivalente al porcentaje de votos que obtenga el candidato postulante.
Aunque, en el texto aprobado en detalle, tampoco queda claro si la lista de los plurinominales estaría ligada a la candidatura presidencial, como es ahora, o los senadores serán independientes del candidato a Presidente.
El nuevo texto aprobado en detalle asegura que el número de las circunscripciones plurinominales departamentales será asignado mediante el sistema de representación proporcional, aunque también aclara que la distribución del número de circunscripiones será determinada por una ley.
Si lo aprobado en detalle por el MAS y sus aliados se aprueba en el referéndum, la Cámara de Senadores tendría un nuevo nombre y se denominaría Cámara de Representantes Departamentales.
Otros cambios para un nuevo Legislativo
Constitución vigente
Edad • Para ser elegido senador se requiere haber cumplido los 35 años, y para ser diputado haber cumplido los 25 años.
Suplentes • Los diputados y los senadores ejercen su mandato por cinco años y tienen un suplente en la actual CPE.
Inmunidad • Ningún senador o diputado (...) podrá ser acusado y procesado en material penal, ni privado de libertad, sin previa autorización de la Corte Suprema de Justicia... salvo en delito flagrante.
La capital• El Congreso se reunirá cada año en la capital de la República el 6 de agosto, aun cuando no hubiese convocatoria.
Sesiones • Las sesiones ordinarias del Congreso son 90, ampliables a 120, previa resolución o a petición del Ejecutivo.
Reelección • Actualmente, los parlamentarios del Congreso Nacional tienen opción a la reelección indefinida.
Texto aprobado en detalle
Edad • Para postularse a candidato a la Asamblea Legislativa Plurinacional se requerirá cumplir los 18 años de edad.
Sin suplentes • La Asamblea no contará con asambleístas suplentes y una ley determinaría la sustitución de sus integrantes.
Sin inmunidad • Los asambleístas no gozarán de inmunidad, durante su mandato, pero en los procesos penales no se les aplicará la medida cautelar de la detención preventiva.
Sesión • La Asamblea se reunirá en una de las capitales de departamento de manera rotativa el 6 de agosto, según la convocatoria.
Ampliación • Las sesiones de la Asamblea Legislativa serán permanentes y contarán con dos recesos de 15 días, cada uno por año.
Elección • El mandato del asambleísta será de 5 años. Solamente podrán ser electas o electos por dos períodos continuos.