Un fiscalizador social tendrá el control del Órgano Judicial CONTROL • Sus integrantes, representantes de organizaciones de la sociedad civil, serán elegidos por voto. Podrán sancionar y preseleccionar.
LA ACTUAL SUPREMA • Los miembros de la actual Corte Suprema de Justicia participan en un acto. Ocurrió en enero.
Una entidad conformada por representantes de organizaciones de la sociedad civil tendrá todo el poder para preseleccionar a los magistrados de tres tribunales del Órgano Judicial, que luego serán elegidos en las urnas, y, si es que cometen faltas gravísimas en el ejercicio de sus funciones, podrá también retirarlos de sus cargos.
Según la propuesta de Constitución aprobada en detalle el fin de semana por el MAS y sus aliados, los miembros de la entidad denominada Control Administrativo Disciplinario de Justicia serán elegidos por voto popular, entre representantes propuestos por organizaciones de la sociedad civil.
No es necesario que estos representantes sean abogados. El artículo 195, inciso II, señala como requisitos haber cumplido 30 años, poseer conocimientos del área de sus atribuciones y tener ética y honestidad probada. Su gestión durará seis años y no podrán ser reelegidos en ningún caso.
Tiene la facultad de preseleccionar a los candidatos a magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional, Tribunal Supremo de Justicia y Tribunal Agroambiental, y entregar las ternas al Órgano Electoral, para que ésta las someta al voto popular.
Además, ejercerá el control disciplinario de los magistrados, con la facultad de promover la revocatoria de mandato cuando consideren que alguno de ellos cometió faltas gravísimas en el ejercicio de sus funciones.
Los magistrados de los tres tribunales de la jurisdicción ordinaria serán elegidos por sufragio. Una vez que se entreguen las nóminas de los preclasificados al Consejo Electoral Plurinacional, éste procederá a la organización, única y exclusiva, del proceso electoral.
Serán elegidos, según el artículo 183 (II), los que obtengan simple mayoría de votos. Luego, el presidente del Estado suministrará posesión a sus cargos.
Durante la preselección y elección de magistrados, los postulantes no podrán pertenecer a partidos políticos o agrupaciones ciudadanas, ni realizar campaña electoral en favor de su candidatura. Como requisitos, están el tener más de 30 años, en estos casos sí ser abogado; haber desempeñado funciones judiciales o cátedra durante ocho años, entre otros.
El Órgano Judicial vs. la Corte Suprema
La nueva propuesta
Sede • La nueva propuesta, en ningún momento, establece como sede a la ciudad de Sucre.
Indígena • Pone en la misma línea a la jurisdicción ordinaria, con la indígena, originaria, campesina.
Ordinaria • Conformada por el Tribunal Constitucional Plurinacional, el Tribunal Supremo de Justicia y el Tribunal Agroambiental.
Elección • Para ser magistrado del Tribunal Supremo de Justicia, del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Agroambiental, debe ser preseleccionado por el Control Administrativo y ganar elecciones por simple mayoría.
Justificación • Señala que la potestad de impartir justicia emana del pueblo boliviano y se sustenta en principios como equidad.
Período • En todos los casos, el período constitucional es de seis años, y no podrán ser reelectos para una nueva gestión.
La vieja Constitución
Capital • El artículo 117 señala a la ciudad de Sucre como sede del Poder Judicial de Bolivia.
No lo hace • En la antigua Carta Magna, en ningún momento se menciona a la justicia indígena.
Composición • Está conformado por el Tribunal Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de la Judicatura.
Congreso • Los ministros de la Corte Suprema se eligen por 2/3 del total de los miembros del Congreso Nacional. Los del Tribunal Constitucional y del Consejo de la Judicatura, por 2/3 de los miembros presentes.
Valores • La gratuidad, publicidad, celeridad y probidad en los juicios son condiciones esenciales de la administración de justicia.
10 años • En todos los casos, el período es de 10 años y no podrán ser reelegidos. Y no pueden volver hasta 10 años después.