García denuncia que Santa Cruz perfila un estatuto para otro país El ideólogo del estatuto autonómico, Juan Carlos Urenda, aseguró que es una interpretación malintencionada. El Gobierno criticó el documento en una evaluación con los cocaleros, quienes anunciaron medidas en su contra.
En una concentración con cocaleros, el Gobierno señaló que el estatuto autonómico cruceño busca descuartizar el país. El sector sindical anuncia medidas y el ideólogo del estatuto, Juan Carlos Urenda, dice que no es así.
El vicepresidente, Álvaro García Linera, explicó ayer a los cocaleros de las seis federaciones del trópico que se dieron cita en Ivirgarzama que el Estatuto cruceño es ilegal e inconstitucional.
“Esto no es un Estatuto Autonómico, es un estatuto de un otro país. Es como una piñata donde unas cuantas familias se distribuirán los recursos. Pretende descuartizar el país”, afirmó.
El ideólogo del Estatuto Autonómico, Juan Carlos Urenda, dijo a La Razón que el Vicepresidente hizo una interpretación malintencionada del Estatuto Autonómico, pues este documento no pretende la desmembración del país.
García cuestionó los artículos que especifican el uso de los recursos naturales y que estipula una administración exclusiva por parte del Gobierno Departamental de Santa Cruz.
“Tierra, agua, bosques pasan a depender del Prefecto. Es como si se estuviera formando otro Estado, un microestado, desaparece la unidad nacional”, afirmó.
Cuestionó el hecho de que por el Estatuto Autonómico, la educación, los tributos y la administración de la tierra sean transferidos como atribución exclusiva al Gobierno Departamental. Dio lectura a los artículos del Estatuto y calificando al documento como peligroso y egoísta. “Tiene que ser rechazado por los propios cruceños”, advirtió.
Urenda, por su parte, aceptó que el Estatuto reconoce competencias exclusivas al Gobierno Departamental como la administración de recursos, la tierra y la aplicación de impuestos.
Criticó el proyecto de Constitución del MAS. “Es la primera constitución racista del continente y que en los seis niveles territoriales de Gobierno tiene la fórmula para destruir el país”.
Los cocaleros, a través de sus dirigentes, afirmaron que desplegarán una campaña en contra del Estatuto Autonómico de Santa Cruz y a favor del proyecto de Constitución aprobado por el MAS, de forma pacífica pero de ser necesario jóvenes y voluntarios emplearán la violencia para conseguir sus objetivos.
“Es absurdo que se haga una lectura en este sentido. El Estatuto Autonómico ni siquiera llega a un Federalismo, mantiene la unidad de la República y clama al Gobierno que obedezca el referéndum y que revise su posición de engañar al pueblo con una Constitución que enuncia la autonomía pero que en la práctica la niega”, sostuvo.
El documento y las dos partes opuestas hablan del estatuto
Estatuto Autonómico-Santa Cruz
Vicepresidente Álvaro García
Ideólogo Juan Carlos Urenda
1 Artículo 1 “Santa Cruz se constituye en Departamento Autónomo, como expresión de la identidad histórica, la vocación democrática y autonómica del pueblo cruceño”.
División • “Esto no es un Estatuto Autonómico, es un estatuto de otro país (...) ¿Dónde se sostiene?, es inconstitucional, no tiene base legal en la actual CPE para ser discutido y legitimado”.
Petición • “Eso es un absurdo, no se rompe el estado unitario del país. El sustento legal es el artículo 4 de la Constitución vigente que dice que el pueblo delibera por iniciativa popular”.
2 Antecedente El pasado 13 de diciembre los miembros de la Asamblea Provisional Autonómica aprobaron en detalle los artículos del Estatuto Autonómico de Santa Cruz.
Composición • “¿Quién eligió a las personas que han aprobado este Estatuto? (...), una reunión de amigos no puede sustituir un mandato constitucional (...), no fueron electos para redactar el Estatuto”.
Asamblea • “Es un órgano creado en el cabildo del 2005 y se compone por personas que deben su legitimidad al voto popular. Diputados, senadores, Consejo Departamental...”.
3 Artículo 153 La Corte Departamental Electoral de Santa Cruz es el máximo organismo en materia electoral, con jurisdicción y competencia en el territorio del departamento.
Competencia • “Tendrán sus propios registros, control (...) podrán convocar a elecciones, sin ningún control a nivel nacional. Todo quedará en manos de unas cuantas familias que controlarán el registro”.
Elección • “Es una Corte Departamental Electoral con mayor autonomía, para elegir Prefecto, subgobernadores, alcaldes, no desconoce a la Corte Nacional, es una opinión tendenciosa”.
4 Artículo 41 “Es responsabilidad del Gobierno Departamental Autónomo, a través de sus órganos, la definición de las políticas, planes y programas en Educación”.
Planificación • “La educación la van a elaborar sólo a nivel de Santa Cruz sin tomar en cuenta al resto de Bolivia y el magisterio urbano, rural y la educación nacional quedarán descuartizados”.
Educación • “Será competencia exclusiva. Estamos cansados de que se nos imponga los contenidos desde una cosmovisión parcializada y que no responde a nuestras identidades”.
5 Artículo 102 El derecho propietario sobre la tierra (...), la distribución, redistribución y administración de las tierras (...) es responsabilidad del Gobierno Departamental.
Peligro • “Ya no existirá distribución ni control de la tierra a nivel nacional (...), los colonizadores, campesinos que tienen una pequeña propiedad en Santa Cruz corren el riesgo de perderla”.
Administración • “El control de la tierra será también una competencia exclusiva del Gobierno Departamental. Es falso que queramos quitar tierra, al contrario, fortaleceremos las TCO y OTB”.
6 Artículo 135 Dentro del ámbito constitucional de las Rentas Departamentales (...) la Asamblea Legislativa Departamental (...) podrá establecer tributos (...).
Competencia • “Todos los recursos naturales renovables y no renovables ya no pertenecerían al Estado, ahora estarían bajo el control del Prefecto que será el encargado de decir a quién entrega”.
Tuición • “En recursos renovables el Gobierno Departamental tiene absoluta tutela. En los no renovables se respeta la competencia nacional que será compartida y reglamentaria”.
7 Artículo 137 Con el fin de atraer a la jurisdicción (...) inversiones el Gobernador (...) podrá establecer incentivos tributarios.
Favores • “Si yo fuera Gobernador de Santa Cruz y mi amigo empresario dice que construirá un supermercado, puedo hacer que no pague impuestos por 15 años”.
Impuesto • “No vamos a hacer ningún tipo de privilegios tributarios, es una lectura pedestre del Estatuto y malintencionada. No se habla de eximir tributos”.
8 Artículo 69 El Gobierno Departamental, en coordinación con la Policía Nacional, gestionará (...) la creación de un organismo de seguridad.
Conformación • “Nuestra Policía Nacional desaparece y se formarían policías departamentales bajo el mando del Prefecto y el Presidente no tendría nada que hacer”.
Coordinación • Es para mejorar el control de carreteras y seguridad ciudadana y en coordinación con la Policía Nacional. ¿Dónde está el problema ahí?
9 Artículo 143 La Corte Superior de Distrito es la última instancia jurisdiccional (...) y dicta sentencias con autoridad de cosa juzgada.
Paralela • “Es como si se hubiera formado una justicia paralela, una justicia que sirva para Santa Cruz y ya no puede apelar ni pedir apoyo a la Suprema”.
Elección • “La Corte Suprema sigue siendo el tribunal supremo y el Tribunal Constitucional también. Los miembros de la Corte serán elegidos por el Prefecto”.
10 Artículo 86 Los recursos naturales renovables, su disposición y gestión ambiental, están a cargo del Gobierno Departamental.
Disposición • “Tierra, agua, bosque estarían en control del Prefecto, desaparecerían INRA, Senasag, Súper Forestal y se los entregaría a amigos, familiares y conocidos”.
Políticas • “Más bien el Gobierno Departamental definirá las políticas rectoras para la protección, conservación y restauración de los recursos naturales”.