La Súper prohíbe a la CBN que firme contratos de exclusividad DISPOSICIÓN • Paceña afirma que la denuncia presentada por Auténtica no tiene fundamento.
La Superintendencia de Empresas, a través de una resolución administrativa, prohibió que la Cervecería Boliviana Nacional (CBN) suscriba contratos de exclusividad con los comercializadores de sus productos. La disposición fue emitida el 21 de abril y tiene carácter preventivo.
El 18 de enero de este año, la Compañía Cervecera Boliviana SA (CCB) —propietaria de la marca Auténtica— interpuso denuncia formal contra la CBN “por conductas restrictivas, abuso de posición de dominio anticompetitivas y discriminatorias a la libre competencia”. Para la CBN, la denuncia presentada por la CCB no tiene ningún fundamento. “No hay nada definitivo sobre una supuesta conducta anticompetitiva que habría cometido la CBN. Desde nuestro punto de vista, la resolución de la Superintendencia es preliminar”, afirmó el asesor legal de la compañía, Sergio Jiménez.
Al respecto, el director de Estructuración de la Superintendencia de Empresas, Johnny Pradel, corroboró la versión del asesor legal de la CBN y afirmó que la resolución tiene carácter preventivo hasta que la entidad reguladora tome una determinación definitiva sobre este caso. “Hasta que nosotros no resolvamos (este caso), la CBN no puede suscribir” nuevos contratos de exclusividad, señaló Pradel, quien luego aclaró que la medida no es retroactiva y rige para el futuro.
Precisó que los contratos firmados con anterioridad a la emisión de la resolución, “cuentan con toda la validez legal”.
“Ninguna persona está obligada a comercializar productos de CCB SA o CBN SA, siempre que no lo desee hacerlo”, se lee en el artículo segundo de la resolución administrativa. Pradel añadió que los comerciantes o agentes económicos están en la libertad de comprar y comercializar el producto que así lo deseen. “Nadie puede influir en su decisión comercial de poder vender o comprar cualquier cosa”, indicó.
El Director de Estructuración fue enfático al señalar que a partir de la emisión de la resolución, el 21 de este mes, “se prohíbe los contratos de exclusividad en tanto y en cuanto el ente regulador no determine si son buenos o malos para el mercado”.