El Plan Nacional de Seguridad Vial fue aprobado ayer por Decreto Supremo Nº 29293 y plantea que los vehículos de transporte público terrestre tengan alarmas que alerten a los usuarios el exceso de velocidad.
La norma fue avalada por el Ministerio de Gobierno y el Viceministerio de Seguridad Ciudadana, en coordinación con la Superintendencia de Transportes, la Administradora Nacional de Carreteras y con la Organización Mundial de la Salud. Su objetivo es aprobar medios y mecanismos de control de transporte automotor; además, disminuir los accidentes en carreteras.
El decreto manda incluir al Reglamento de Tránsito que los vehículos de transporte automotor terrestre “deberán contar obligatoriamente con sistemas de control de limitación de velocidad (alarmas)”, y para viajes mayores a 300 km, deberá existir “obligatoriamente un conductor de relevo y otorgar un descanso al conductor de por lo menos cuatro horas”. La Policía es la encargada del control.