Ramírez va al banquillo por montar negociados en YPFB La Fiscalía acusó al ex presidente de YPFB por seis delitos. Cinco de ellos relacionados con la adjudicación presuntamente irregular a Catler-Uniservice y otro por recibir presunto soborno. Hoy, a las 14.00, será la audiencia cautelar.
“Conversando con Dios” • Ese es el libro que el ex presidente de YPFB lleva de la Fiscalía a la Policía Judicial.
La Fiscalía imputó al ex presidente de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), Santos Ramírez, y lo llevará hoy ante una jueza cautelar por seis delitos. Lo acusan de encabezar un negociado por la adjudicación de la empresa Catler-Uniservice para la construcción de una planta procesadora de líquidos en Río Grande, Santa Cruz, y por recibir soborno por ese tema.
Augusto Romano, uno de los fiscales asignados al caso, informó ayer a este medio que se imputará al ex ejecutivo de YPFB por los delitos de conducta antieconómica, contratos lesivos al Estado, uso indebido de influencias, incumplimiento de deberes, asociación delictuosa y cohecho pasivo propio.
El martes, después de una larga declaración que fue recibida en dos días, el equipo de fiscales anunció la aprehensión de Ramírez. El ex funcionario público pasó toda la noche y la mañana de ayer en una oficina del Ministerio Público. A las 16.30, en un operativo en el que intervinieron casi una veintena de policías, lo sacaron en una vagoneta blanca por el garaje de la Fiscalía, y lo pasaron al frente, donde están las instalaciones de la Corte Superior de Justicia y las celdas de la Policía Judicial (calle Potosí).
El motorizado se estacionó en el garaje, Ramírez salió del vehículo, llevaba bajo el brazo el libro Conversaciones con Dios, de Neale Donald Walsch, y unos papeles doblados y confundidos entre las páginas de ese texto. Subió unas gradas con escolta policial y se dirigió al lugar donde están las celdas. Sin embargo, fuentes de la Policía señalaron a La Razón que negoció para quedarse en una oficina y no tras las rejas.
Inmediatamente después, se cerraron las puertas de la Corte Superior. Un celoso resguardo policial evitó el ingreso y la salida de personas por al menos 30 minutos. Cuando se confirmó que la audiencia cautelar no se iba a realizar, retornó la normalidad.
Los integrantes del equipo de fiscales que indagan el caso presentaron la imputación a las 16.00 de ayer ante la jueza 10º de Instrucción en lo Penal, Marcela Siles. Al salir, evitaron cualquier contacto con los medios de comunicación.
Siles se encerró en su oficina con su secretaria, y no salió hasta después de las 18.00, hora en que los periodistas fueron desalojados del edificio. Sin embargo, los abogados de Santos Ramírez, quienes se quejaron porque no tenían acceso al expediente del caso, y no conocían la imputación, indicaron que la audiencia se realizará hoy a las 14.00.
La ministra de Transparencia, Nardi Suxo, presentó un informe sobre el caso a la Fiscalía. El documento coincidió con la Fiscalía en el establecimiento de indicios en cuatro de los seis delitos.
Atribuye conducta antieconómica “por la mala administración o dirección técnica” de Santos Ramírez y de quien fue su gerente de Planificación Inversión y Servicios, en la contratación de la empresa Catler-Uniservice.
Al beneficiar a la empresa del fallecido Jorge O’Connor, con la adjudicación de la obra, “sin cumplir los requisitos establecidos en la norma vigente”, el informe señala que Ramírez incurrió en uso indebido de influencias.
Halla también indicios de que firmó contratos lesivos al Estado “por celebrar el contrato en perjuicio” del mismo “sin las condiciones técnicas, económicas, legales y administrativas que exige la norma vigente”.
Establece también incumplimiento de deberes por “irregularidades” en la contratación, como la falta de protocolización ante la notaría de Gobierno, del contrato y de las adendas; por no remitirlo a la Contraloría, por no establecer su vigencia, por iniciarlo sin una orden, por pagos realizados sin respaldo de supervisión, y por comenzarlo sin un supervisor, sin certificación presupuestaria ni fuente de financiamiento y por la ejecución de cuatro adendas sin la autorización de la MAE.
Por otra parte, la Fiscalía estableció, a partir del volteo de los 450 mil dólares de una presunta coima dirigida a Ramírez por un grupo de delincuentes el 27 de enero, hecho que tuvo como consecuencia el asesinato del empresario Jorge O’Connor, que el ex presidente de YPFB incurrió en el delito de cohecho pasivo propio (soborno).
El fiscal asignado a la investigación, Edward Mollinedo, declaró la semana pasada que se había detectado al menos tres entregas de dinero, que coincidían con desembolsos que YPFB realizó a Catler-Uniservice.
A esto se suma el indicio de la asociación de más de cuatro personas para presuntamente realizar estos pagos, con lo que se sustenta asociación delictuosa.
En todo caso, si es que hoy se dictara sentencia condenatoria contra Santos Ramírez y se lo declarase culpable de cometer los seis delitos, el ex presidente de YPFB podría tener una pena máxima de ocho años de cárcel.
Los delitos en el código penal
Artículo 145 • (Cohecho pasivo propio): El que para hacer o dejar de hacer un acto relativo a sus funciones recibiere dádivas u ofrecimientos, será sancionado con presidio de dos a seis años.
Artículo 146 • (Uso indebido de influencias): El que aprovechando de las funciones que ejerce o usando indebidamente de las influencias obtuviere ventajas o beneficios será sancionado con presidio de dos a ocho años.
Artículo 156 • (Incumplimiento de deberes): El funcionario público que ilegalmente omitiere, rehusare hacer o retardare algún acto propio de su función incurrirá en reclusión de un mes a un año.
Artículo 224 • (Conducta antieconómica): El que hallándose en el ejercicio de cargos directivos u otros de responsabilidad, causare por mala administración o dirección técnica daños al patrimonio de ellas o del Estado, será recluido de uno a seis años.
Artículo 132 • (Asociación delictuosa): El que formare parte de una asociación de cuatro o cinco personas, destinada a cometer delitos, será sancionado de seis meses a dos años de prisión.
Artículo 221 • (Contratos lesivos al Estado): El que a sabiendas celebrare contratos en perjuicio del Estado o de (otras) entidades será recluido de uno a 5 años.