El Tribunal Superior de Nueva Delhi dictaminó que el sexo consentido entre homosexuales no es constitutivo de delito y que su castigo, previsto en el Código Penal con hasta 10 años de prisión, viola el principio de igualdad de la Constitución india.
"Declaramos que el artículo 377 del Código Penal, al penalizar actos sexuales consentidos entre adultos, viola los artículos 14, 15 y 21 de la Constitución", reza la sentencia. La Corte se refirió así al artículo 377, que criminaliza los actos sexuales "contra natura", una ambigüedad que afectó a los homosexuales e incluso llevó a cortes indias a castigar casos de sexo oral heterosexual en público. La sentencia sienta jurisprudencia sobre la penalización de la homosexualidad. Nueva Delhi, EFE