La CNE prohíbe la difusión de entrega de obras y servicios Realizó una modificación al reglamento sobre propaganda electoral, en el que menciona procesos penales para los infractores a la normativa.
La anterior normativa limitaba la difusión de entrega de obras; la actual prohíbe que se difundan mediante cualquier medio de comunicación.
A partir de hoy y bajo el riesgo de ser procesados penalmente por abuso de poder y malversación de fondos, los funcionarios públicos no pueden difundir por ningún medio de comunicación actos públicos de entrega de obras, bienes, servicios, programas o proyectos, según dispone un ajuste al Reglamento para la Difusión de Propaganda aprobado por la Corte Nacional Electoral (CNE).
La Corte hizo conocer ayer estos ajustes, que en el artículo 9 del citado reglamento disponen que “de acuerdo a la disposición final cuarta de la Ley No 4021 (Régimen Electoral Transitorio), treinta (30) días antes del acto de votación, cualquier servidor público, sin que importe su jerarquía constitucional o legal, que realice actos públicos de entrega de obras, bienes, servicios, programas o proyectos no podrá difundirlos en medios de comunicación social”.
De inmediato advierte que “el servidor público que infrinja esta prohibición incurrirá en los delitos de abuso de poder en procesos electorales y malversación de fondos públicos. Verificado el hecho, el organismo electoral competente remitirá antecedentes al Ministerio Público para el ejercicio de la acción penal correspondiente”.
El anterior reglamento, aprobado el 7 de octubre, prohibía que los funcionarios públicos “publiciten” la entrega de obras, pero no señalaba una prohibición para la difusión de estos actos, que el Gobierno transmite casi a diario.
Además, tampoco precisaba la figura legal con la que podrían ser procesados los infractores.
Los ajustes al reglamento impiden también la publicidad gubernamental en todos los niveles, 30 días antes de la elección.
LA DISPOSICIÓN
Antes • Anteriormente, el reglamento señalaba: “En todo proceso electoral, treinta (30) días antes del acto de votación, ningún servidor público, sin que importe su jerarquía, podrá publicitar ni difundir los actos públicos de entrega de obras, por ningún tipo de medio de comunicación”.
Ahora • “Se prohíbe la publicidad gubernamental, en todos los niveles de gobierno, durante los treinta (30) días anteriores a la fecha de votación”.