Nueve claves del perdón del 50% de alquileres aprobado en Diputados
La polémica propuesta, cuya legalidad es objeto de cuestionamientos, fue enviada a la Cámara de Senadores para su tratamiento final.
La Cámara de Diputados aprobó el martes el proyecto de Ley de Cancelación a Plazos del Canon de Alquiler y Condonación Parcial del Impuesto Municipal y Anual a la Propiedad, que plantea el perdón del 50% del alquiler de viviendas, locales para negocios y establecimientos industriales, y la reprogramación del otro 50% en cuotas amortizables hasta enero de 2021.
La propuesta fija techos para cada una de esas categorías y dispone que los propietarios serán compensados con la reducción del RC-IVA siempre y cuando entreguen factura por el alquiler de habitaciones, departamentos y otros.
El diputado proyectista, Víctor Borda, del Movimiento Al Socialismo (MAS), en entrevista con radio Fides sostuvo que la norma beneficiará a casi un millón de habitantes de Bolivia.
“Esta medida regirá mientras dure la pandemia. Es decir, que si desde el 15 de marzo se aplica y si la pandemia termina el 3 de mayo, entonces serán 45 días que el (arrendatario) deberá pagar la mitad del alquiler y la otra mitad se reprogramará en enero de 2021”, añadió.
El proyecto aprobado fue remitido a la Cámara de Senadores para su tratamiento y sanción.
1. ¿Cuál es el objeto del proyecto de ley?
Tiene la finalidad de condonar el 50% del canon de arrendamiento de los bienes privados destinados a alquiler siempre y cuando estén debajo de los siguientes montos: Bs 5.000 para espacios destinados a vivienda, Bs 7.000 para los espacios comerciales o de prestación de servicio y Bs 15.000 para espacios de uso industrial.
2. ¿Cuánto tiempo durará la medida y qué pasará con el otro 50%?
El perdón de alquileres regirá el tiempo que dure la cuarentena. El otro 50% deberá ser reprogramado y pagado en cuotas amortizables.
3. ¿Quiénes están exentos del beneficio?
No pueden acogerse al descuento quienes reciben una remuneración mensual fija del ámbito público y privado, y tampoco los funcionarios.
4. ¿Qué beneficios tendrá el propietario que perdone el 50% del alquiler?
Los propietarios se beneficiarán con la condonación del pago del impuesto mensual RC-IVA por cuatro meses. Excepcionalmente, se dispone la retroactividad del beneficio al 15 de marzo de 2020 y dispone que los gobiernos municipales “podrán” establecer medidas para la reducción del impuesto anual a la propiedad de bienes inmuebles a los dueños de casa que hubieran perdonado el 50% del canon mensual.
5. ¿Cuál es el procedimiento para la condonación del pago del RC-IVA?
El propietario deberá presentar ante Impuestos Nacionales un documento privado con reconocimiento de firmas y rúbricas, en el cual conste que ha condonado el 50% del pago del alquiler al arrendatario por el tiempo que dure la cuarentena y la reprogramación de cancelación del otro 50%, o, en su defecto, un acta de acuerdo suscrita ante un conciliador en materia civil.
6. Si el dueño de casa no está de acuerdo, ¿puede desalojar a sus inquilinos?
El proyecto plantea la prohibición de desalojo en el tiempo que dure la emergencia sanitaria y hasta el 1 de enero de 2021, además de la protección especial a arrendatarios adultos mayores, personas con familias numerosas y con discapacidad, mujeres en estado de gestación, enfermos de gravedad y personal de salud.
7. ¿Qué pasa con las órdenes de desalojo judiciales?
El proyecto propone la suspensión de los desalojos en ejecución de sentencias judiciales hasta tres meses después del levantamiento de la cuarentena, siempre que el litigio se haya promovido por el incumplimiento de la obligación de pago en un contrato de alquiler.
8. ¿Se puede modificar el canon del alquiler?
Se establece su congelamiento hasta diciembre de 2020, “no pudiendo incrementar el monto convenido con anterioridad a la promulgación de la presente ley”.
9. ¿Qué pasa si un propietario echa a sus inquilinos?
La persona afectada podrá acudir a un conciliador en materia civil de su jurisdicción, quien deberá señalar audiencia para conciliar la restitución del inquilino al inmueble, apelando inclusive a la fuerza pública.
El documento fue remitido a la Cámara de Senadores para su tratamiento, pero todavía no hay una fecha fijada para ese trámite. El proyecto ha causado preocupación en distintos ámbitos en razón de que se inmiscuye en contratos entre privados. (29/04/2020)