Ley edil mantiene cierre de negocios que concentran gente y amplía a 63% la apertura de actividad comercial
El Concejo Municipal también aprobó la Ley de municipal de corresponsabilidad en la lucha contra el COVID-19 que, entre otros aspectos, dispone la donación voluntaria de sangre de personas que superaran la enfermedad
La Ley Municipal Autonómica para la reactivación de actividades económicas fue aprobada el martes por el Concejo Municipal y prevé alcanzar a un 63% de locales y emprendimientos que podrán retomar sus actividades bajo parámetros de bioseguridad en La Paz, excepto aquellas que concentran gran cantidad de personas.
El Concejal Isaac Fernández explicó que la norma busca la reactivación económica en el municipio ampliando la reanudación de operaciones de una serie de actividades.
“Así como sea hecho la anterior semana con el sector de los restaurantes, se ha visto la necesidad de activar otro tipo de actividades económicas como por ejemplo las peluquerías, las ferreterías y otros establecimientos que no aglutinan una gran cantidad de personas y que pueden abrir la atención al público. Del cien por ciento de actividades económicas del municipio de La Paz, solamente el 37 % estaba funcionando, por eso es importante esta ley”, argumentó.
La norma dispone que el horario para la atención al público será de lunes a viernes entre las 07.00 y 17.00 horas tanto para actividades económicas de abastecimiento de alimentos y productos de primera necesidad y ferreterías, como otras actividades de comercio y servicio.
No podrán reactivar su funcionamiento los establecimientos de recreación y entretenimiento, enseñanza, gimnasios, salas de internet, espacios deportivos, de expendio y/o consumo de bebidas alcohólicas, saunas, piscinas y cualquier otro que genere aglomeración de personas e implique alto riesgo de contagio del COVID 19 entre personas.
Donación
El Concejo Municipal también aprobó la ley municipal de corresponsabilidad ciudadana en la lucha contra el COVID-19 que -según la concejala Cecilia Chacón- faculta al alcalde Luis Revilla a categorizar el riesgo sanitario en el municipio. Advirtió que ésta y otras disposiciones no guardan relación con normas nacionales y atribuyen prerrogativas que corresponderían al Ministerio de Salud.
Según la norma aprobada por el Concejo Municipal, el Alcalde podrá “clasificar periódicamente el grado o nivel de amenaza, vulnerabilidad sanitaria u otros factores determinantes del riesgo sanitario en la población del Municipio de La Paz en su integridad y de cada uno de sus Macrodistritos y Distritos Municipales Urbanos y Rurales”
La concejala Andrea Cornejo como proyectista adelantó que el Decreto Supremo 4229 que amplía la vigencia de la cuarentena en Bolivia solo estaría vigente hasta fin de mes y que eso justificaría que el municipio cuente con su propia norma.
La norma establece además en el artículo 17, la donación de sangre de manera voluntaria de pacientes recuperados en los hospitales municipales para lograr la recuperación de otros pacientes con diagnóstico positivo de coronavirus.
El capítulo dos de la ley establece medidas preventivas y de protección como el lavado frecuente de manos con agua y jabón o con alcohol en gel, uso de barbijo obligatorio fuera de casa y en espacios de interacción social, cobertura de la boca y nariz al toser o estornudar con la parte interior del codo, mantener el distanciamiento físico, evitar el saludo con contacto físico, incluido el dar la mano, evitar tocarse la cara, sobre todo ojos, nariz y boca.