La Justicia rechaza la acción con la que la Alcaldía de La Paz pretendía obligar la vacunación
Al contrario, la decisión judicial exhorta a los gobiernos nacional y subnacionales a ejecutar medidas, en función de sus competencias, para evitar más contagios.
No será obligatoria la vacunación contra el COVID-19 en La Paz. La Justicia denegó la acción popular del alcalde Iván Arias debido a que no cumplió con presupuestos procesales; al contrario, exhortó a los gobiernos nacional y subnacionales a evitar la propagación de los contagios.
Según supo La Razón, se denegó la tutela por no haber sido planteada conforme la normativa constitucional vigente, no especificó si se reclama una acción u omisión del accionado, no se adjuntó prueba, salvo publicaciones de prensa.
El 4 de octubre, Arias presentó una acción popular ante el Tribunal de Garantías Constitucionales con el fin de obligar la vacunación en el municipio. “Si nos piden el carnet (de sufragio), ¿cómo no es posible que no nos pidan para salvar una vida, el carnet?”, arguyó esa vez.
En segundo término, la Sala Constitucional exhortó a los niveles de gobierno y subnacional a que, en el marco de sus competencias, establezcan acciones para evitar la propagación del COVID -19.
La acción popular planteaba como recurridos el Ministerio de Salud, las gobernaciones y las alcaldías. Si bien es necesaria, la vacunación contra el nuevo coronavirus en el país es voluntaria.
Hasta el viernes, 3,5 millones de personas recibieron la primera dosis de las vacunas contra el COVID-19, 2,8 millones la segunda dosis y 133.491, la tercera dosis. La dosis única alcanzó a 918.328 personas.
El Ministerio de Salud admitió que la campaña de vacunación está rezagada, principalmente en los departamentos de Beni, Pando, Potosí y La Paz.