Arias descarta aplicación de ley de condonación de multas aprobada por el Concejo
El Ejecutivo edil arguye que la norma no es aplicable en razón de los tiempos que se requieren para ajustarla y cumplir con los procedimientos establecidos para su promulgación.
El alcalde Iván Arias descarta aplicación de la Ley de Amnistía Tributaria.
Imagen: redes sociales
“Administrativamente, está a destiempo. No vamos a poder aplicarla”, dijo el alcalde de La Paz, Iván Arias, sobre la promulgación de la Ley Municipal de Amnistía Tributaria aprobada en pasados días por el Concejo.
El Ejecutivo edil arguye que la norma no es aplicable en razón de los tiempos que se requieren para ajustarla y cumplir con los procedimientos establecidos para su promulgación.
“Administrativamente, es una ley a destiempo porque hay varios procesos que se tienen que cumplir. Yo quería ver la esencia de la ley; aunque estuviera bien, igual, no la podríamos aplicar porque no dan los tiempos”, justificó Arias.
La directora de la Administración Tributaria Municipal (ATM), Noemí Lastra, reiteró que la ley por sí sola no es aplicable debido a que se requiere un tiempo para hacer una serie de procedimientos para que entre en vigencia.
“Toda la ley amerita una reglamentación y la reglamentación se tiene que hacer en un plazo de 15 a 30 días. Esta reglamentación la elaboran los técnicos de la ATM y este plazo es ficticio, toda vez que la reglamentación puede demorar más, porque puede ser complicado algunos aspectos que han sido determinados en la ley. En consecuencia, este plazo es enunciativo”, explicó la funcionaria.
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AJUSTES
Precisó que la norma, una vez que sea ajustada por el Ejecutivo edil y remitida al Concejo, debe ser devuelta con los ajustes correspondientes. Todas las correcciones también deben ser remitidas al Registro Único de Administración Tributaria (RUAT) para que sean modificadas en el sistema. Todo el procedimiento requiere de al menos 90 días.
El martes, ocho concejales votaron a favor de la ley cuyo alcance abarca deudas desde 2012 hasta 2022. También establece que los contribuyentes tendrán hasta el 30 de junio de 2025 para honrar sus obligaciones; sin embargo, no será aplicada.