Poder público
Farit Rojas
El poder público se refiere al ejercicio del poder por medio del Derecho. En un Estado Constitucional de Derecho, la Constitución organiza el ejercicio legítimo del poder creando atribuciones, competencias y servidores públicos subordinados al cumplimiento de estas atribuciones y competencias. Su finalidad es la de limitar al máximo el ejercicio de violencia o de legitimar el uso mínimo y justificado de la misma. Todas las autoridades públicas en un Estado Constitucional de Derecho son servidores públicos, los cuales pueden ser electos, designados o de libre nombramiento, pero en general son servidores públicos. Por ello, la Constitución condiciona a que toda autoridad pública deba cumplir con los requisitos de acceso al servicio público para hacer constitucional su nombramiento. De esta manera, todos los servidores públicos, en particular los gobernantes y las autoridades, no pueden ir en sus actos en contra de la Constitución, sin despojarse al mismo tiempo de su investidura jurídica.
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En nuestras sociedades contemporáneas no se nace gobernante, sino que se asume temporalmente la condición de gobernante, en base a un procedimiento reglado establecido en la Constitución y en las leyes, por lo que el sujeto gobernante es una situación jurídica a la que accede una persona, mediado por el cumplimiento del Derecho, y que sus acciones, en tanto autoridad, están claramente establecidas en la Constitución y las leyes.
Parafraseando al constitucionalista colombiano Vladimiro Naranjo Mesa, la Constitución es para los gobernantes a la vez el fundamento legítimo de sus prerrogativas y la ley de sus funciones. Ella establece en primer término su legitimidad. Esta se traduce en el hecho que el individuo o grupo que gobierna cumplen su tarea, es decir, el ejercicio del poder público, en virtud del título que emana de la Constitución y las leyes, las mismas que establecen sus funciones, atribuciones y competencias. Sus decisiones no pueden legítimamente imponerse, sino en cuanto se presumen que son decisiones de un órgano constitucional que valen como decisiones del Estado. De esta manera podríamos decir que poder público, dentro de un Estado Constitucional de Derecho, es aquel que surge y se ejerce en los términos establecidos previamente por la Constitución respectiva, ya que ésta instituye la autoridad de los gobernantes y las atribuciones y competencias de todos los servidores públicos, esta autoridad debe necesariamente ejercerse exclusivamente dentro de los términos previstos por la Constitución.
En consecuencia, poder público no significa más que poder ejercido por y a través del Derecho, y en nuestros estados contemporáneos, poder ejercido por y a través de la Constitución, las leyes y las instituciones constitucionales diseñadas justamente para hacer posible este
(*) Farit Rojas es abogado y filósofo