Tribunal rechaza impugnación al DS 2195
La comisión de Admisión del Tribunal Constitucional rechazó la “acción abstracta de inconstitucionalidad” que el Defensor del Pueblo, Rolando Villena, presentó en contra de dos artículos del Decreto Supremo 2195, sobre compensación por obras hidrocarburíferas en territorios indígenas.
La comisión de Admisión del Tribunal Constitucional rechazó la “acción abstracta de inconstitucionalidad” que el Defensor del Pueblo, Rolando Villena, presentó en contra de dos artículos del Decreto Supremo 2195, sobre compensación por obras hidrocarburíferas en territorios indígenas.
De acuerdo con el Defensor, la norma vulnera “de manera flagrante” el derecho constitucional a la libre determinación de los pueblos indígenas para que puedan decidir el destino de los recursos de compensación por la exploración petrolera y el daño o efectos que generen en las comunidades indígenas.
El Tribunal Constitucional basó el rechazo en sentido de que la Defensoría “no desarrolla ningún argumento de inconstitucionalidad” de los artículos impugnados, según la Defensoría. En junio, Villena presentó el recurso contra el Decreto 2195, aprobado el 28 de noviembre de 2014, y ahora volverá a hacerlo con mayores fundamentos.
“Respetando los procedimientos constitucionales y legales, he dispuesto que se presente nuevamente la acción abstracta contra este decreto y que se incluyan todos los argumentos posibles incluyendo la jurisprudencia y los fallos sobre el tema”, dijo Villena.
La Defensoría objeta de inconstitucional dos parágrafos del artículo 4 que establecen que la compensación financiera por impactos socioambientales de las actividades, obras o proyectos hidrocarburíferos, desarrolladas en territorios indígenas, se materializará a través de un Acuerdo de Compensación entre el Titular (YPFB) y los beneficiarios (los pueblos indígenas).