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Rige reglamento y fija plazo hasta el 29 de marzo para pago del segundo aguinaldo

Rige el Decreto 3747 que reglamenta el pago del segundo aguinaldo 2018 y que fija el viernes 29 de marzo de 2019 como el plazo máximo para su cancelación en el sector privado. Además, confirma el tope salarial de Bs 15.000 y que el 15% del beneficio debe ser entregado en especie a través de un mecanismo informático, aunque no es obligatorio su uso en firmas independientes.

“En el sector privado, a las trabajadoras y trabajadores, hasta el 31 de diciembre de 2018 y de forma excepcional podrá ser ampliado hasta el 29 de marzo de 2019, impostergablemente, a solicitud formal dirigida al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social”, se lee en el inciso B del artículo 3 referido al plazo del pago. En el sector público se debe cancelar hasta el 31 de diciembre.

La norma está rubricada el miércoles 12 de diciembre, fecha en la que el ministro de Economía y Finanzas Públicas, Mario Guillén, había anticipado sus pormenores luego de la reunión del gabinete.

Tras el anuncio, la Central Obrera Boliviana (COB) convocó a un ampliado nacional que se desarrolló el jueves en el que se declaró en emergencia, pero sobre todo conminó al Gobierno que en el plazo de 72 horas, es decir hasta el lunes, se revierta la flexibilización del pago del otro beneficio.

“La postura de todos los sectores afiliados al ente matriz se ha ratificado: rechazo contundente en las tres propuestas (hechas por el Ejecutivo)”, sentenció su máximo dirigente Juan Carlos Hurachi.

Pero el ministro Guillén, el mismo miércoles, ya había dado por cerrado el asunto. “Las determinaciones ya han sido tomadas y simplemente vamos a comunicar a las dos partes”, remarcó.

“El segundo aguinaldo ‘Esfuerzo por Bolivia’ de la gestión 2018, deberá ser pagado a las servidoras y los servidores públicos, trabajadoras y trabajadores del sector público y privado, así como al personal eventual y consultores individuales de línea, cuyo total ganado no supere los Bs 15.000”, se lee en el artículo 2. En el sector privado, su pago por encima de ese límite es opcional.

También confirma que para los trabajadores que ganen hasta un salario mínimo el pago del total es en efectivo.

Asimismo, establece que las empresas bolivianas interesadas en proveer los productos se inscriban en el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural proporcionando el Número de Identificación Tributaria (NIT) que participarán de ferias del consumo de producción nacional.

En Gobierno encargó a la Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnologías de la Información y Comunicación (Agetic) la creación de un sistema informático de billetera móvil con la cual se harán las compras del 15% del beneficio cuyo uso es obligatorio en el sector público.

Mientras que la adscripción del sector privado a ese mecanismo es voluntaria porque también pueden “efectuar el pago con productos hechos en Bolivia, previo acuerdo expreso entre partes”. Guillén precisó que para este caso, las firmas deben presentar comprobantes de compras de los productos nacionales. (14/12/2018)