Retroactivo del incremento debe pagarse hasta este viernes; Trabajo reitera que no ampliará el plazo
El jefe departamental de Trabajo, Ariel Alanoca, precisó que “no se puede confundir un segundo plazo” que se refiere a la presentación de documentación como el convenio firmado entre el empleador y el asalariado cuyo plazo es el 28 de junio.
“Hoy 31 de mayo vence el plazo para el pago efectivo del incremento salarial y del reintegro a los trabajadores”, subrayó este viernes el jefe departamental de Trabajo de La Paz, Ariel Alanoca, quien además remarcó que no hay ampliación del plazo y que el incumplimiento de la disposición será sancionado con una multa.
A mediados de mayo, durante la presentación de la reglamentación, el ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, Milton Gómez, informó que el retroactivo del incremento salarial del 4% al haber básico para el sector público y privado debía pagarse hasta este viernes de manera impostergablemente y obligatoria.
Gómez explicó en una entrevista con la radioemisora Patria Nueva que el pago obligatorio del retroactivo es hasta el 31 de mayo. Todas las empresas tienen que cumplir con esta obligación, no solo en el sector privado, también en el sector estatal”, informó la autoridad del sector en una conferencia de prensa.
Alanoca subarayó este jueves que “se debe tener presente que no hay ampliación de ninguna naturaleza, no está previsto”.
También precisó que “no se puede confundir un segundo plazo en la Resolución Ministerial” que se refiere a la presentación de documentación referida a ese beneficio, entre ellos el convenio firmado entre el empleador y el asalariado y la planilla de ese pago, que tiene como plazo el 28 de junio.
Para los empleadores infractores, el Ministerio de Trabajo dispondrá “multas de carácter económico”.
“Seguramente la siguiente semana vamos a tener denuncias de los trabajadores, lo que correspondería, ante la verificación del incumplimiento, que se impongan multas por infracción a la ley social a los empleadores”, remarcó. (31/05/2019)