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Este viernes concluye el ‘perdonazo’; Impuestos descarta ampliación y atiende hasta la medianoche

Este viernes 28 de junio concluye el “perdonazo” tributario. Para atender a los beneficiarios que acuden en las últimas horas a sus oficinas, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) atenderá hasta las 23.59, una medida similar asumió el Banco Unión que recibirá depósitos hasta las 22.00.

El presidente del SIN, Mario Cazón, informó el jueves que no existe ni la mínima posibilidad de ampliar este proceso, que ya tuvo dos prórrogas.

Explicó que desde el comienzo de esta medida, en septiembre de 2018, al 26 de junio la administración tributaria sumó Bs 5.363,4 millones por concepto de recaudación en efectivo y valores, y por cobrar.

De ellos, Bs 2.465,4 millones es recaudación en efectivo y valores, y Bs 2.898 millones corresponden al monto por cobrar de los contribuyentes que se acogieron a planes de pago con plazos de hasta cinco años, cita un boletín institucional.

Hasta la misma fecha se acogieron al denominado “perdonazo” 126.529 contribuyentes, de los cuales 112.166 son empresas unipersonales y personas naturales y 14.363 personas jurídicas o empresas de todas las escalas.

“Estos recursos —afirmó Cazón— han entrado a las arcas del Tesoro General de la Nación (TGN) y, por supuesto, el nivel central del Estado ya los distribuyó mediante la coparticipación tributaria entre los gobierno departamentales, municipales y las universidades públicas”.

Beneficios del ‘perdonazo’

Los contribuyentes con deuda tributaria o que consideren que tienen problemas en su declaración de  impuestos nacionales, pueden acogerse al plan para beneficiarse con la reducción del 90% de las multas por delitos de defraudación tributaria, contravenciones de evasión u omisión de pago y las multas por incumplimiento de deberes formales (IDF) vinculadas por proceso de determinación, sin intereses.

Los contribuyentes también podrán acogerse a “facilidades de pago” por el tributo omitido actualizado, sin intereses y con la reducción del 80% de las multas por los mismo delitos, pero correspondientes a periodos fiscales anteriores a la publicación de la Ley 1105. (28/06/2019)