Icono del sitio La Razón

Trabajo dispone que el aguinaldo de Navidad debe pagarse hasta el 20 de diciembre

El Ministerio de Trabajo emitió este viernes el instructivo No 134/19 que establece el 20 de diciembre como fecha tope para la cancelación de aguinaldo de Navidad, en el sector público y privado.

Recordó que el aguinaldo no es susceptible de embargo judicial, retención, descuento por concepto de impuestos o aportes, renuncia, compensación o transacción y que su incumplimiento derivará en un pago doble.

"Es una línea del gobierno de transición encabezada por la presidenta Áñez de que el país vuelva a la normalidad, porque no hay porque exaltar a la ciudadanía y por lo tanto el tema del aguinaldo en el instructivo emitido ha de cumplir todas las normativas y procedimientos que en Bolivia se aplicó para ese día", informó el ministro de Trabajo, Oscar Mercado.

Según el instructivo, tanto para el sector público y privado el pago del aguinaldo debe cumplirse hasta el 20 de diciembre "impostergablemente" bajo sanción de doble pago.

También se establece hasta el 31 de diciembre la presentación de planillas de pago del aguinaldo de Navidad. "El incumplimiento de la presentación de dichas planillas de pago ameritará la imposición de las sanciones respectivas", advirtió el Ministerio. (29/11/2019)